Requisitos para pension IMSS | Ley 73

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Si estás leyendo esto, es porque perteneces al grupo de trabajadores que iniciaron su primer cotización en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, y tienesxpertos  dudas o deseas planear tu pensión.

Una situación real, es que la mayoría de los trabajadores en edad de pensionarse, solo se basan en los requisitos mínimos, y las decisiones que toman las realizan a ciegas, es por ello que te recomendamos solicitar tus Proyecciones de Pensión, con las cuales podrás determinar, el monto de pensión exacto que recibirías con una u otra circunstancia y de esta forma conseguir tomar las mejores decisiones adaptadas a tus posibilidades y necesidades.

Los requisitos iniciales son:

  • Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997
  • Tener 60 años cumplidos
  • Contar con al menos 500 semanas de cotización
  • No contar con empleo remunerado
  • Encontrarse en periodo de Conservación de Derechos

Es importante considerar que a mayores semanas de cotización y mayor edad, se irá incrementando el monto de la pensión de acuerdo a la siguiente tabla:

Presolicitud de Pensión

Una vez cumplidos estos requisitos, será necesario presentarse a su Afore a fin de solicitar una presolicitud de pensión a fin de que sea quien inicie el proceso de pensión.

Ahí le solicitarán los siguientes documentos en Original y Copia:

  • Identificación Oficial (INE, Pasaporte, Cédula Prefesional, Forma Migratoria, Cartilla Militar, Credencial ADIMSS)
  • Comprobante de Domicilio Vigente con antiiguedad no mayor a tres meses. (Servicio de Luz, Servicio de telefonía fija, Boleta Predial, Servicios de Agua, Servicios de Gas, Certificación de la Presidencia Municipal)
  • Acta de Nacimiento Expedida por el Registro Civil
  • CURP
  • RFC con Homoclave
  • Estado de Cuenta de Afore
  • Estado de Cuenta Bancario que incluya la CLABE (Clave Bancaria Estandarizada)
  • Estar dado de baja de la empresa

Si los datos coinciden correctamente en Afore, se entregará el expediente generado junto con el folio de la pre captura.

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Solicitud de Pensión ante el IMSS

Una vez, se cuenta con el expediente de la pre captura de pensión emitida por la AFORE, es necesario presentarse a la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Subdelegación del IMSS, o en su caso a la Unidad de Medicina Familiar de 08:00 a 15:00 hrs. , a fin de iniciar el trámite formalmente. Ahí se deberán presentar los siguientes documentos:

  • Identificación Oficial (INE)
  • Credencial ADIMSS o Carnet con NSS
  • Estado de Cuenta de la Afore
  • Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses de antiguedad
  • CURP
  • Constancia de RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Copia Certificada de Acta de Nacimiento ( No mayor a tres meses de expedida)

Asignación de Beneficiarios para Pensión IMSS

Los Beneficiarios para pensión IMSS, deberán acreditarse en la solicitud de pensión con los siguientes documentos:

Esposa

  • Copia Certificada de Acta de Nacimiento ( No mayor a tres meses de expedida)
  • Identificación Oficial (INE)
  • Acta de Matrimonio (No mayor a tres meses de expedida)
  • CURP
  • RFC
  • Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses de expedido

Concubina

  • Copia Certificada de Resolución ejecutoriada emitida por alguna autoridad judicial que acredite la relación de concubinato entre la beneficiaria y el asegurado
  • Identificación Oficial (INE)
  • CURP
  • RFC
  • Comprobante de Domicilio no mayor a tres meses de expedido

Hijos Menores a 16 años

  • Copia Certificada de Acta de Nacimiento acreditando parentesco

Hijos mayores a 16 años y hasta 25 años

  • Comprobante de estudios del Sistema Educativo Nacional
  • Copia Certificada de Acta de Nacimiento acreditando parentesco

Padres Dependientes Económicos

  • Identificación Oficial
  • Comprobante de Domicilio
  • CURP
  • RFC
  • Copia Certificada de Acta de Nacimiento acreditando parentesco
  • Acreditación de Dependencia Económica
  • No existir Esposa, Concubina o Hijos

Presentarse a la Resolución de Pensión

En la resolución de pensión, el trabajador deberá acudir a la ventanilla de prestaciones economicas de la subdelegación que le corresponda o Unidad de Medicina Familiar y aceptar con su firma la resolución de pensión ya sea positiva o negativa (si es que no cumple los requisitos mínimos para obtenerla). En caso de no estar conforme con la resolución emitida, el trabajador podrá presentar una inconformidad administrativa en un periodo máximo de 15 días hábiles después de expedida, ya que transcurrido ese periodo será inapelable.

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    15 comentarios en “Requisitos para pension IMSS | Ley 73”

      1. Buenas tardes,

        En realidad dependerá de cuantas semanas tenga reconocidas. Si cuenta con al menos 800, le darán resolución bajo la ley 97. Si pertenece a la ley 73, deberá reactivar la conservación de derechos para recuperar su derecho a pensión.

        Saludos cordiales

    1. Tengo, 60 años 7 meses, me quiero pensionar, mis documentos, afore e imss, están con registro en ciudad, de México d,f , actualmente radicó en Jalisco, no hice cambio de domicilio , actualice mi INE, CON DOMICILIO ACTUAL, TENGO YA 5 MESES SIN COTIZAR, PUEDO TRAMITAR MI PENSION AQUI EN JALISCO?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Para hacerlo, es necesario primero realizar su cambio de domicilio en la subdelegación que corresponda su domicilio actual.

        Saludos cordiales

    2. Luis Campos Acosta

      Hola.. Disculpen tengo una duda, me podrían explicar por favor con mas detalle a que hace referencia o alcances de de este requisito inicial:
      No contar con empleo remunerado.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Se refiere a estar cotizando ante el IMSS. Por lo que el trabajo por honorarios y/o informal, quedan excluidos.
        Saludos

      2. Luis Campos Acosta

        Muchas gracias por la información, y abusando con una pregunta mas, como se considera el estar inscrito ante el ISSSTE respecto al IMSS, estando con un año de cesantía ante el IMSS (cumpliendo 60 años y con 1734 semanas cotizadas), tendría el derecho a tramitar mi pensión por cesantía ante el IMSS?

        !!!Gracias nuevamente por la respuesta anterior ¡¡¡

    3. Buen dia
      Si mi baja ante el IMSS queda registrada con una edad de 61 años mas 6 meses mas 1 semana, a que porcentaje accedo para la pension?

      1. Pensionarse Mejor

        Hola Anselmo, la conservación de derechos se calcula por una cuarta parte del total de semanas cotizadas, y se toma en consideración a partir de la última baja reflejada. La conservación de derechos nunca podrá ser menor a 1 años.
        Saludos cordiales

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