Modificación de Salario Modalidad 40

Si en tu estrategia de pensión tienes programada la modificación de salario de modalidad 40, es importante que conozcas este artículo, ya que te diremos el procedimiento y fundamentos legales a fin de realizar el trámite exitosamente.

En algunos casos, dentro de las subdelegaciones de IMSS desconocen este procedimiento y por tal motivo niegan al trabajador esta alternativa, sin embargo existen procedimientos con fundamentos legales que lo respaldan y lo hacen posible.

Es importante destacar que la modificación de salario de modalidad 40 a través de la Subdelegación IMSS solo se puede realizar de forma ascendente, por lo que solo podrás realizarla incrementando el salario registrado.

Para tener derecho a la modificación de salario deberás realizar el siguiente procedimiento:

  • Dejar de pagar por tres meses a fin de que se concrete la baja por falta de pago
  • Acudir de nueva cuenta a la Subdelegación a recontratar modalidad 40 con el salario que decidas cotizar (Siempre que no supere el salario máximo permitido por el IMSS)
  • Realizar el pago en retroactivo desde el día siguiente de la última baja hasta la fecha de recontratación. (Máximo 1 año)

Ejemplo:

  • Ultimo Salario Cotizado con Modalidad 40 : $135.20
  • Fecha de último pago: 14/03/2020
  • Fecha de última baja: 31/03/2020
  • Salario diario a Recontratar: $2,172.00
  • Fecha de solicitud de recontratación: 15/09/2020
  • Días a cubrir vencidos al 30/09/2020: 182
  • Monto a cubrir de modalidad 40 sin recargos: $39,826.88

Una vez realizado este procedimiento, solo tendrás que pagar mensualmente tu cuota de modalidad 40 de acuerdo a la estrategia que tengas planteada.

Fundamentos Legales para la Modificación de Salario en Modalidad 40:

Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, fiscalización.

Artículo 65. El salario base de cotización, que servirá para la continuación voluntaria del asegurado,
será el que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio o un salario superior, a su
elección, sin exceder el límite máximo señalado en la Ley.
Si con motivo del incremento legal al salario mínimo general del área geográfica que corresponda, el
salario base de cotización resultara inferior a aquél, el Instituto de oficio lo ajustará a dicho salario mínimo.
Para el caso de reingreso a la continuación voluntaria, previsto en el último párrafo del artículo 220 de
la Ley, el salario base de cotización será igual al que tenía registrado el asegurado al momento de la baja
en la continuación voluntaria o un salario superior, sin exceder el límite máximo señalado en la Ley,
debiendo cubrir las cuotas correspondientes al periodo comprendido entre la fecha de la baja y la de
reingreso.

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN,
CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Ley del Seguro Social 97

Artículo 220. La continuación voluntaria del régimen obligatorio termina por:
I. Declaración expresa firmada por el asegurado;
II. Dejar de pagar las cuotas durante dos meses, y
III. Ser dado de alta nuevamente en el régimen obligatorio, en los términos del artículo 12 de esta
Ley.
El asegurado podrá solicitar por escrito su reingreso al régimen obligatorio del seguro social a través
de la continuación voluntaria, cuando hubiese causado baja por la falta de pago de las cuotas de dos
meses consecutivos. La solicitud deberá formularse dentro de los doce meses siguientes a la fecha de su
baja en la continuación voluntaria.

Ley del Seguro Social 97

¿En que casos conviene la Modificación de Salario en Modalidad 40?

Como bien comentábamos hace unos momentos, la modificación de salario de modalidad 40 se realiza de acuerdo a una estrategia en particular para cada trabajador (Si requieres planear tu mejor estrategia, conoce nuestro servicio de cálculos de pensión) sin embargo, a continuación te indicaremos las dos estrategias más comunes para realizar este procedimiento.

Incrementar semanas de cotización a bajo costo.

Esta estrategia se recomienda para clientes jóvenes a quienes les faltan varios años para pensionarse y han cotizado su último salario con un monto bajo.

Ejemplo:

  • Edad: 54 años
  • Ultimo salario: 160.59
  • Pago máximo mensual: $501.56
  • Pago de modalidad 40 por 6 años incrementando 624 semanas: $35,432.98
  • Cotizará 6 años de modalidad 40 al menor costo posible y a los 60 realizará su modificación de salario para incrementar a salario topado.

Incrementar Salario Promedio año con año

En ciertos casos, aun siendo un poco más engorroso por los trámites a realizar, es conveniente incrementar el salario topado al nuevo vigente en el siguiente año. Esto con la finalidad de no perder el poder adquisitivo de la futura pensión.

Es importante considerar que el salario topado del IMSS se conforma en base a un máximo de 25 UMAs, y cada 10 de enero, es la fecha límite para que el INEGI reporte la inflación del año inmediato anterior, por lo que en el IMSS se genera la actualización en el mes de febrero.

En caso de buscar que se desee realizar la modificación de salario con recontratación de modalidad 40 bajo esta estrategia, será recomendable realizar el ultimo pago en diciembre para recontratar en marzo con el nuevo salario máximo del IMSS.

CONTACTO

    52 comentarios en “Modificación de Salario Modalidad 40”

    1. Buenos días

      Estoy confundida, que meses son los mejores para dejar de pagar ¿enero, febrero y recontratar en marzo? o ¿febrero y marzo y recontratar en abril?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Lo que sucede es que si deja de pagar desde enero, solamente podrá contratar con el salario tope del año inmediato anterior, esto debido a que el IMSS está obligado a actualizar sus valores, de acuerdo a la publicación del INPC. Es por ello, que lo más recomendable, es dejar de pagar febrero y marzo para que se actualice a los nuevos valores.

        Saludos cordiales

      1. Buenas tardes,

        Para que eso aplique, el derecho a la pensión se debe cumplir al momento de cumplir esa edad. Si el derecho a la pensión se cumplió antes y solicita la pensión hasta cumplir esa edad, entonces, le seguirían calculando con el 75%, solo que le darían el pago retroactivo de pensión, desde el momento en que cumplió los requisitos de pensión.

        Saludos cordiales

    2. Jaime ramirez ortega

      Hola…estoy pagando modalidad 40..desde agosto del 2021..salario de $800.00 pesos diarios..aprox.$2700.00 por mes..pero quisera aumentar el salario diario del qe registre. .como deberia de hacerlo.?..si es que se puede..agradeceria su sugerencia y apoyo..muchas gracias..

      1. Buenas tardes,

        A partir del tercer mes que dejó de pagar, deberá acudir a la subdelegación a recontratarla con el mismo salario o un salario superior hasta el máximo permitido por la ley (25 UMAs vigentes al año del ultimo pago)

        Saludos cordiales

    3. buenas tardes estoy pagando modalidad 40 con el minimo, faltandome 5 años para los 60 puedo pagar topado, sin darme de baja o debo de dejar pagar 2 años y reactivarme

      1. Como tal, no existe un procedimiento fundado que le permita modificar el salario de modalidad 40 sin causar baja por falta de pago.

        La ley es muy específica, en donde indica que quien haya causado baja por falta de pago, podrá recontratar con el mismo salario o un salario superior, hasta el máximo permitido por la ley (25 UMAs, vigentes al momento de la baja)

        Saludos cordiales

        1. Maria Elena Torres

          Buenas noches, tengo 49 años, estoy en modalidad 40 desde 2016 con el salario mas bajo cotizando semanas, deseo saber como puedo hacer para una modificación al salario e incrementarlo para asi poder mejorar mi pensión en un futuro, llame a la subdelegación y me indicaron que no es posible hacer incrementos, es correcto? hay alguna estrategia?
          Gracias

          1. Pensionarse Mejor

            Buenas tardes,

            En si, no es posible hacer naturalmente incrementos, pero si es posible recontratar cuando causó baja por mora, y lo puede hacer con un salario igual o superior al ultimo registrado y hasta el máximo permitido por la ley

            Saludos cordiales

    4. Guadalupe Castro Vargas

      Estoy en modalidad 40 con el mínimo, tengo 399 semanas cotizadas y 58 años me quiero pensionar a los 60 hay alguna manera de mejorar mi pensión?

    5. Buenas noches me llamo Antonio

      Quisiera saber si puedo pagar retroactivo modalidad 40 a tope para mejor pensión deje de cotizar en mayo del 2020. y no cuento con vigencia de derechos el pago retroactivo me permite nuevamente adquirir la vigencia de derechos y con ello acceder a mi jubilación?

      Gracias por su atención

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Así es, la modalidad 40, cubre los seguros de retiro, invalidez y muerte, por lo que es una manera de mantener vigente su conservación de derechos.

        Recuerde que aun estando fuera de su conservación de derechos, el requisito para tener acceso a modalidad 40, es haber cotizado al menos 52 semanas en los ultimos 5 años y mientras lo cumpla, puede reactivar su conservación de derechos y más si realiza el pago en retroactivo.

        Saludos cordiales

    6. pedro zaragoza rodriguez

      hola..buenas noches..no sabia que se tiene que realizar nuevo contrato cada año en la modalidad 40 para llegar alas 25 umas ..estoy pagando desde agosto del 2021 la modalidad 40..y me dijeron que es el topado cuando ise mi contrato..en el 2022 se realizaron las mismas cantidades…ya pague enero y febrero…de 2023..pero quiero pagar las 25 umas del año 2023..al topado tengo los baucher de pago asta el dia 1 de enero del 2024….quisiera renovar contrato para el aumento de umas y pagar el topado 2023..cree usted que sea posible que estos 9 meses restantes del 2023 pueda aumentar el topado y las umas..le agradesco pueda ayudarme ….como puedo acerlo…gracias

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Si es posible hacerlo. Solo es necesario dejar de pagar por dos meses, esperar la baja en constancia de semanas cotizadas o solicitar la baja por mora y recontratar con el salario tope, pagando en retroactivo con el nuevo salario los periodos no cubiertos más recargos y actualizaciones.

        Saludos cordiales

    7. me interesa saber si me inscribí electrónicamente, a la modalidad 40 , como puedo actualizarme cada año a los 25 umas vigentes cada año.

      1. Pensionarse Mejor

        Es el mismo procedimiento:

        Esperar a que proceda la baja por falta de pago, y contratar en el mismo portal, cubriendo las mensualidad no pagadas y actualizando al nuevo salario tope.

        Saludos cordiales

        1. Victor Hugo García de León

          Buenos días, en esta respuesta que dió acerca de la recontratación de modalidad 40 en línea , después de haber causado baja por falta de pago, el sistema me propone el reingreso o yo tengo que hacer el trámite en línea como la primera vez ? , y ahí puedo elegir la cantidad de UMAS que deseo ? , muchas gracias por contestarme.

          1. Buenas tardes,

            Así es. Debe realizar el trámite nuevamente como si fuera la primera vez, solo que en esta ocasión deberá hacerlo con el importe a cotizar que desee.

            Saludos cordiales

            1. Muchas gracias, yo comence a pagar en dic del 22 y luego no pague Ene – Feb y en marzo del 2023 me reincribi con nuevo salario, segui pagando pero el mes de diciembre ya no me aparecio en el listado, de los meses en linea y tenia la duda de que a lo mejor como no entregue el escrito me lo hubieran borrado. COmo en todas partes menciona que para reinscribirte necesitas entregar un escrito, eso no es necesario en trámites en Linea? puedo reinscribirme en forma presencial si ya cause baja? es que cuando fui en dic 22 me dijeron que como había iniciado el trámite en línea y ano podían ayudarme en la delegación, que porque ellos no veian los datos de loas que estaban en línea en su sistema.

            2. Pensionarse Mejor

              Buenas tardes,

              Si el trámite lo inició en linea, lo debe continuar en linea, para aclaraciones cuentan con un correo electrónico, se lo podrán brindar en la línea de atención al derechohabiente IMSS. Lo que me preocupa, es que si ya pasó más de un año, desde su ultimo pago, ya no le permitirán la recontratación.

              Saludos cordiales

    8. Fernando Contreras Hernandez

      Me jubile en Octubre con una edad de 54 años y con un salario topado, cotice 1580 semanas la pregunta es si me conviene cotizar los 6 años restantes o cotizar en los ultimos dos años o que es lo mas conveniente en mi caso.

      Gracias.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        En realidad para definir el impacto que tendría en la pensión con esas dos variables, le sugerimos realizar nuestro estudio de pensión.

        Quedamos a sus órdenes en el 5522594780

        Saludos cordiales

      2. Buenas tardes, que proceso es mejor en línea o presencial,, adicional no me queda claro como dejar de pagar dos meses para causar baja y reincorporarse pagando el adeudo de estos dos meses y actualizando el salario base de cotización. Es decir dejo de pagar febrero y marzo son 2 meses me presento en abril y pido mi reincorporación se puede hacer presencial o tiene q ser en línea. Si me di de alta en mod 40 en línea tengo q seguir con el proceso en línea o puede ser combinado

        1. Pensionarse Mejor

          Buenas tardes,

          Debe hacerlo en línea, no se puede hacer mixto.
          Tendrá que pagar al recontratar, febrero, marzo y abril ya con el nuevo salario, así como con las actualizaciones y recargos aplicables.

          Saludos cordiales

    9. Sonia Valle López

      Hola buenas tardes, quisiera que me orientaran un poco, resulta que en diciembre del 2022 me di de alta en la modalidad 40 con un salario base de 2,405.50, se pagaron los días de diferencia para terminar el mes de diciembre, pero cuando llega mi recibo de enero 2023l, ya viene con el incremento del 11.16%, sin embargo en la constancia de las semanas cotizadas sigue apareciendo el salario base del año pasado, qué debo hacer para que lo corrijan.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        No hay error en el caso que comenta, a partir del 2023 se incrementó el costo de la modalidad 40 y así lo continuará haciendo año con año hasta 2030. Considere que el incremento anual, será aproximadamente del 1.08%.

        Saludos cordiales

    10. Hola buenas tardes, quisiera saber que puedo hacer, ya que cotizo al ISSSTE y tengo reconocidos 23 años y espero que me reconozcan 6 mas, pero quiero pasarme a la modalidad 40, y cotice al IMSS antes del 97, pocas semanas, pero cotice, que debo de hacer? actualmente tengo 53 años.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Sería importante realizar un estudio de pensión para verificar más datos en concreto de su caso en particular, ya que si pertenece al regimen de cuentas individuales, podría hacer la portabilidad con sus 23 años de servicio. O bien, si tiene derecho a décimo transitorio, podría buscar las dos pensiones de forma independiente.

        Saludos cordiales

    11. HUGO ADRIAN BERNARDINO HERNANDEZ

      Buen Dia.,
      En caso particular se inscribió a modalidad 40 con un salario aprox. de 800 pesos; sin embargo se quiso aumentar la cotización. Se realizo el procedimiento y dejo de pagar 2 meses la modalidad 40. Hoy que se quiso realizar el trámite de reingreso le contestaron por parte de la delegación que: “Se autoriza el reingreso a la continuación voluntaria al régimen obligatorio en las mismas condiciones en que cotizaba al momento de causar la baja por falta por falta de pago de las cuotas de la continuación voluntaria.” ¿En ese caso que es lo que se procedería.?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Le sugerimos crear un oficio y presentarlo en subdelegación, argumentando los fundamentos legales aplicables de le LSS 97, Reglamento en materia de afiliación, ley de responsabilidades administrativas, etc. Con copia a la secretaría de la función pública.

        Saludos cordiales

    12. Buen día!!!
      Mi preguntas son:
      Los incrementos al salario se hacen cada año?

      A cuentos incrementos tengo derecho mientras estoy en la modalidad 40?

      1. Buenas tardes,
        En automático no se modifica el salario de modalidad 40, de hecho se debe seguir el procedimiento en el que proceda la baja para poder recontratar con el nuevo salario tope, la sugerencia es dejar de pagar el mes de febrero y marzo para abril recontratar con el nuevo tope. Este movimiento está permitido por la ley y no tiene número límite de eventos.
        Saludos cordiales

        1. Hola.

          Empecé a pagar en Oct 2020 y planeo hacerlo hasta el 2025. (Por lo cual quiero hacer la estrategia de cada año dejar de pagar 2 meses y darme de alta con el nuevo tope de cada año, pagando retroactivos febrero y marzo).

          El detalle es que no hice esto en 2021 y 2022 ¿Hay manera de pagarlo retroactivo también? O esa oportunidad de mejorar el promedio ya se perdió?

          1. Pensionarse Mejor

            Buenas tardes,

            Lamentablemente este procedimiento aplica a partir de que cause baja por falta de pago. Por ende, los años de 2021 y 2022, se mantendrán con el mismo salario sin posibilidad de hacerlo retroactivo.

            Saludos cordiales

            1. Una pregunta que he visto en otros foros ; está el rumor que si haces el trámite presencial en el Seguro y dejas de pagar no hay problema con reinscribirse a los 2 meses. Pero que si el trámite lo iniciaste por internet, el dejar de pagar los 2 meses cancelaría la modalidad.

              ¿Qué tan cierto es?

            2. Pensionarse Mejor

              Buenas tardes,

              Es mucho más sencillo cuando se realiza por internet, ya que por lo general ahí se procede a iniciar el trámite como si fuera a contratar por primera vez y el mismo sistema, genera las líneas de captura de los meses no cubiertos.

              Saludos cordiales

    13. Hola buenos dias! Estoy pagando Mod 40 desde 2019 con un salario diario de $2,112.25 Me interesa actualizarlo, tengo cita en Enero 2023 para llevar mis fichas de pago del 2022. Que pasa si dejo de pagar los 3 meses Diciembre, 2022, Enero, 2023 y Febrero, 2023 para la baja y no llevo las fichas de pago del 2022? El plan seria recontratar Mod 40 en Marzo, 2023. En las Subdelegaciones son algo especiales, me da miedo que me den de baja y luego no me quieran dar de alta de nuevo, eso puede pasar? Gracias

      1. Buenos días,
        Si podrá recontratar la modalidad 40 con el mismo utlimo salario o un salario superior hasta el máximo permitido por la ley, sin embargo, podrá recontratar solo con el salario tope de 2022, que equivale a $2,405.50.
        El fundamento legal, se encuentra en la Ley del Seguro Social 97, en su artículo 220 en donde expresa lo siguiente:
        «El asegurado podrá solicitar por escrito su reingreso al régimen obligatorio del seguro social a través
        de la continuación voluntaria, cuando hubiese causado baja por la falta de pago de las cuotas de dos
        meses consecutivos. La solicitud deberá formularse dentro de los doce meses siguientes a la fecha de su
        baja en la continuación voluntaria.»
        En caso de que le negaran el procedimiento, podría apegarse a la Ley General de Responsabilidades Administrativas ya que el, o los servidores públicos, incurrirían en una falta administrativa.
        Saludos cordiales

    14. Soy Generación 1962 (60 años) y estoy pagando mod 40 desde 2018 topada. Puedo dejar de pagar 2 meses Dic 2022 y Enero 2023 y reintegrarme de nuevo Mod 40 con el tope para subir el valor UMA a partir Feb 2023 aún si me pensionaré bajo Ley 73? La baja es automática por no pagar o puedo solicitarla yo?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos días,

        Lo recomendable para actualizar al nuevo UMA del siguiente año, es dejar de pagar febrero y marzo. Y en abril recontratar. En la mayortía de las subdelegaciones es automática la baja, en algunas otras como Tlalnepantla, se debe solicitar la baja por falta de pago para poder recontratar.
        En realidad, cada subdelegación maneja sus propias políticas en el procedimiento.
        La pensión por ley 73, se genera cuando en el documento de elección de régimen (teniendo 775 semanas o más en 2022), se selecciona la ley 73.
        Saludos cordiales

    15. Buenas tardes Quisiera saber cuántas veces durante el período de 5 años para la modalidad 40 puedo actualizar mi salario dejando de pagar tres mensualidades

      1. Buenas tardes,
        La ley y el reglamento no establecen un mínimo ni un máximo, por lo que lo recomendable sería mantener el salario actualizado al tope vigente de cada año.

        Saludos cordiales

    16. Buenas tardes.
      Mi nombre es jorge olmedo tengo 59 años 11 meses, mí idea es pensionarme a los 60 años.
      Tengo una duda me dieron de baja en el seguro social el 5 de abril del 2021 porque me quede sin trabajo, no se si puedan recuperar las semanas que se dejaron de cotizar porque ya paso 1 año 2 meses. Mi idea era subir a 25 uma para incrementar el salario y las semanas cotizadas. Me pueden decir por favor si es factible.
      Gracias

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Podría realizar el pago retroactivo de modalidad 40. Con nuestro estudio de pensión, podemos calcular el pago retroactivo, con salario mínimo posible, salario topado y pago subsecuente. De esta forma podemos identificar cual sería la mejor estrategia.
        Le invitamos a contactarnos al correo contacto@pensionarsemejor.com.mx

    17. Cruz Josefina Jaramillo Zaragoza

      Hola, por favor me pueden orientar, tengo 55 años y deje de cotizar en agosto porque me dieron de baja en mi trabajo y quiero pagar la modalidad 40.

      Quisiera saber si ya la puedo pagar o como debo proceder, que debo hacer y a donde acudir, agradecería mucho sus comentarios y ayuda.

      1. Buenas tardes,

        En realidad con nuestro estudio de pensión podemos detectar cual sería su mejor estrategia, por lo que le invitamos a realizar su estudio personalizado.

        Para contratarla, puede hacerla en línea o en la subdelegación IMSS que le corresponda (Dependiendo si le conviene hacer el pago retroactivo o subsecuente)

        Saludos cordiales

    18. Buen día, respecto a la modificación de la UMA en la modalidad 40 en línea no me permitió realizarlo, únicamente pude incrementar la cantidad de UMAS que pagaba de 17 UMAS a 25, inicie en el 2019 y solo me reconoce la UMA de ese año por 84.49 mxp y no la actualizada, sabrán si puedo hacer algo. Agradezco el apoyo, Saludos

      1. Buenas tardes,

        La LSS, especifica que la cotización en modalidad 40, podrá ser igual o superior hasta el máximo permitido por la ley. Por lo que su tope, será el máximo de 25 UMAs vigentes hasta en el año de su ultima baja. Para realizarlo con un salario superior al contratado originalmente, debe acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponda.

        Saludos cordiales
        Fausto Romo

    19. Maria Teresa Moreno González

      Hola, agradecería si me pueden orientar sobre cual es el mejor plan de pensión para mi madre, ella actualmente tiene 57 años, empezó a cotizar en 1988 y cuenta con 980 semanas cotizadas, actualmente sigue laborando con un sueldo diario de 148 pesos.
      Como podría ella aprovechar esta modalidad 40? la quiero ayudar a incrementar un poco mas su pensión y si es posible que se pensione antes de los 65.
      saludos..

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,

        Le sugerimos contactarnos para realizar un estudio de pensión. En el podremos calcular las posibilidades de pensión que tendría, así como montos de inversión, amortización de la misma, conservación de derechos y definir su mejor estrategia en la asesoría telefónica incluída.
        Regalenos una llamada o Whatsapp al 5522594780.

        Saludos cordiales

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