Evitar la confusión sobre las leyes del IMSS es más fácil de lo que te imaginas, especialmente porque cada ley cuenta con características particulares y el saber a que ley perteneces será basándote en el año, mes y día de tu primer cotización al IMSS.
Antes de 1997, únicamente existía la ley de 73 del IMSS a la que todos los trabajadores pertenecían en ese momento. Sin embargo, luego de que se detectara un incremento en la esperanza de vida y la natalidad se proyectaba con una tendencia a la baja, se creó la ley 97 del IMSS en donde los trabajadores tendrían que financiar su propia pensión a través de los recursos de su cuenta individual.
En ese momento se detectó que la tendencia de los pensionados estaría en incremento constante, mientras que la tendencia de los trabajadores en activo estaría en disminución. Esto podía ocasionar una quiebra en el IMSS, debido a que se incrementaría de forma exorbitante los recursos económicos que se destinarían a los pensionados.
Por ello se dio a elegir a los trabajadores activos que hubiesen cotizado al menos 775 semanas en 2022, la alternativa de continuar bajo el régimen de la ley del IMSS 73 o con la nueva ley del IMSS del 97. En la ley del 73 las pensiones encuentran sus recursos del promedio del salario mínimo que tuvo el trabajador durante los últimos 5 años que se mantuvo activo.
En cambio, en la ley del 97 la pensión para el trabajador se mantiene de los ahorros que este mantuviera a lo largo de su vida laboral, dentro de una cuenta individual de la Afore de su elección.
¿Ley 73 o 97?
Saber a qué ley del IMSS perteneces es muy fácil, si tu ingreso al IMSS se realizó antes del 1 de julio de 1997 entonces eres de los trabajadores que pertenecen al régimen 73 y tendrás derecho a los beneficios que ampara esa ley.
En el caso de que el trabajador haya sido dado de alta por primera vez después del 1 de julio de 1997 entonces se encuentra bajo el régimen de la ley del 97 del IMSS.
¿Qué es mejor la ley 73 o la 97?
Sin duda alguna la ley 73 es mucho mejor ya que, con una buena estrategia se pueden alcanzar montos de pensión dignos y viables para una vida en retiro. Esto debido a que el monto de pensión es financiado por el gobierno y tan sólo requiere 500 semanas cotizadas como mínimo para tener derecho a ella, siempre que se encuentren en conservación de derechos.
En la ley 97, se establece una cotización de al menos 1000 semanas cotizadas, sin embargo debido a que se incrementarán 25 semanas año con año, para 2022 serán 775 semanas y será financiado las aportaciones a la AFORE, solo si el monto del saldo de afore, no llegase a ser suficiente para obtener una pensión mínima garantizada, el gobierno financiaría el importe necesario para cubrir esta pensión mínima establecida en la ley. Conoce más sobre la pensión garantizada en ley 97
Considerando la pensión garantizada en la ley 97 del IMSS, para 2021, el monto fue de $2,622 mensuales, mientras que en ley 73 del IMSS, la pensión mínima garantizada fue de $4,784.15
Si consideramos que las aportaciones tripartitas son equivalentes al 6.5% del salario que percibe el trabajador y que el promedio salarial de los cotizantes en el IMSS es de $10,582.56 mensualmente, entonces la aportación mensual sería de $687.87, por lo que al multiplicarlo por 288.5 meses (1250 semanas) se habría aportado un total de $198,450.50, que incluso con los rendimientos generados por las AFOREs sería un monto insuficiente para financiar la pensión mínima.
En la siguiente tabla podrás conocer un comparativo básico entre ambas leyes

¿Cuantos años son 500 semanas?
Si contemplamos que cada año tiene 52 semanas, entonces serían 9.62 años de cotización para tener derecho a una pensión.
¿Cuantos años son 775 semanas?
La fórmula es simple, solo es necesario dividir 775 entre 52 para que se obtengan los años, que en este caso serían 14.9
Trabajadores en Transición
Este concepto se ocupa para los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio 1997 y que debido a la creación de la nueva ley, tienen la facultad de elegir en ambos regímenes de pensión.
Es importante aclarar que todos los trabajadores en transición que cotizaron más de 775 semanas en 2022, al momento de la resolución de pensión les otorgan un Documento de Elección de Régimen, en el cual les dan a elegir, si prefieren pensionarse por la ley 73 o la ley 97. En todos estos casos es ampliamente recomendable seleccionar la ley 73 ya que tendrán mayores beneficios para su monto de pensión mensual y las prestaciones de su pensión.
Yo tengo 430 semanas cotizadas, estoy dado del alta en el IMSS desde el 92, tengo 1 año que ya no he cotizado (trabajos exporadicos y estoy dado de alta en el ISSEMYM desde hace 10 años), ¿me puedo considerar como trabajador en transición?, tengo 53 años y aun puedo cotizar, ¿puedo considerme como trabajador que es amparado en la ley 73? y prepararme para mi jubilación.
Buenas noches,
En efecto, por lo que menciona y si el IMSS reconoce sus cotizaciones antes del 1 de julio de 1997, pertenece a la ley 73. Sin embargo, le recomendamos que comience a preparar su estrategia de pensión, ya que mientras más joven inicie, mejores posibilidades de pensionarse dignamente tendrá.
Saludos cordiales
Buen día. Yo entré a trabajar siendo menor de edad a principios del año 97, era una zapatería reconocida en la ciudad pero al parecer no se me dió de alta en el IMSS. Mi primer registro aparece el 8/07/1997. Si en la zapatería me hubieran dado de alta alcanzaría la ley 97 ¿puedo hacer algo al respecto para entrar en esa ley?
De antemano muchas gracias.
Buenas tardes,
Lamentablemente no. El reclamo ante el IMSS por que su patrón no le dió de alta, no procedería debido a que estas situaciones prescriben después de diez años.
Saludos cordiales
Buenas noches, me dieron de alta en 1995 en el IMSS, pero con el seguro facultativo, eso cuenta, y ya laboralmente fue en 1998, QUE LEY SOY??
Buenas tardes,
Para tener derecho a la ley 73, deben ser cotizaciones laborales, no facultativas. Usted tiene derecho a la ley 97
Saludos cordiales
Quiero saber enque año enpese a trabajar con seguro para saber si alcamso la ley vieja
Buenas tardes,
ingrese al siguiente enlace y descargue su constancia de semanas cotizadas.
https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado
Valide, si la primer cotización es antes o después del 1 de julio del 97. En base a ello tendrá la respuesta.
Saludos cordiales
inicie a cotizar con fecha de 1996, pero no en todos mis trabajos me han dado de alta en el imss, por lo que a la fecha solo tengo cotizadas un total de 221 semanas, tengo 46 años y creo que podria recuperar semanas si en el trabajo que ingrese vea que me den de alta, podria pensionarme con la ley del 73?
Buenas noches,
Es correcto. Si están reconocidas las cotizaciones de 1996, podrá pensionarse bajo el régimen de la ley 73.
Saludos cordiales
Buenas tardes,
En mi estado de cuenta de la afore aparece un subíndice 1 en los apartados «ahorro para el retiro 92 y 97» y en «IMSS Cesantía y Vejez y Cuota Social» en la explicación de ese subíndice dice textaulmente «1En caso de que elija pensionarse por la Ley del Seguro Social 1973 a excepción de los recursos de la subcuentas ISSSTE y FOVISSSTE.»
Lo que genera la duda es porque mi numero del seguro dice del año 99.
Agradezco la atencióm
Buenas noches,
Mientras el IMSS, no reconozca al menos una cotización antes del 1 de julio de 1997, usted pertenece al regimen de la ley 97. Ya que independientemente de la leyenda que determine su AFORE, debe apegarse a la resolución de pensión que dictamine en IMSS.
Posiblemente se trate de alguna duplicidad unificada sobre el NSS más reciente. Pero en realidad tendríamos que analizar su caso para indicarle con mayor precisión.
Otra alternativa es acudir a su AFORE para que le indiquen de donde procede cada uno de los saldos.
Saludos cordiales
Hola, buen dia
tengo una duda, mi primer registro de trabajo es el 08/09/1982, en mi hoja aparece que tengo 788 semanas cotizadas, pasaron muchos años sin estar dado de alta, estuve trabajando en varios lugares de manera esporádica a partir del 18/08/2006
¿Puedo jubilarme con la ley del 73?
actualmente trabajo pero no estoy asegurado, tengo 59 años y en noviembre de este año cumplo 60
Buenas tardes,
Para tener derecho a la ley 73, debe asegurarse que el IMSS reconozca la primer cotización desde antes del 1 de julio del 97. Por lo que le sugerimos realizar una aclaración o búsqueda manual de semanas.
Saludos cordiales
Hola buenas tardes yo empecé a cotizar en 02 /07/90 como un año después entre a otra compañía y cotice en el 91 pero en mi cuenta de Infonavit dice que mía ahorro es del 97 que ley soy pues de antemano gracias
Buenas tardes,
Si el IMSS reconoce, esas cotizaciones, pertenece al regimen de la ley 73. En infonavit, puede validar la cuenta de SAR, si aparece algun saldo, podrá confirmar su permanencia en ley 73.
Saludos cordiales
Hola,
Empecé a cotizar el 11/09/2003, pero ya tengo 940 semanas cotizadas al día de hoy y continúo laborando, y tengo 50 años. Me surgen varias preguntas:
1.- ¿Se me puede considerar como trabajador en transición, debido al número de semanas cotizadas?
2.- ¿Aplico para la modalidad 40?
Por su atención, muchas gracias.
Buenos días,
No es considerada como trabajadora en transición, debido a que pertenece a la ley 97 del IMSS.
Si cotizó al menos 52 semanas en los últimos 5 años, puede aplicar para modalidad 40, sin embargo, no sería rentable.
Saludos cordiales
BUENAS NOCHES:
-TENGO FECHA DE ALTA IMSS: 17/09/96, CON REGISTRO PATRONAL Y ASIGNACIÓN DE SALARIO BASE DE 26.65 -1254 SEMANAS COTIZADAS HOY , A LA FECHA DE INGRESO TENIA 16 AÑOS, ACTUALMENTE 42……. LEY 73, CIERTO?
-DATOS EN EN INFONAVIT CON APORT. AL SALDO DE LA SUBCTA. DE VIVIENDA, AÑO-BIMESTRE 199704 ……LEY 97, CIERTO?
-EN EL IMSS ME DICEN QUE PERTENEZCO A LEY 73 (consulta informal), COMO PUEDO OBTENER CONSTANCIA DE LEY 73?
– EN EL INFONAVIT ME DICEN QUE PERTENEZCO A LA LEY 97, POR EL AÑO-BIMESTRE DE APORTACIÓN, QUE HAY DE CIERTO?
ESPERO SER CLARO EN LA EXPOSICIÓN DE MIS DUDAS, AGRADEZCO DE ANTEMANO SU ATENCIÓN.
QUEDO ATENTO A SUS RESPUESTAS.
Buenos días,
Si en los registros del IMSS, aparece su primer cotización antes del 1 de julio de 1997, tendría derecho a la ley 73. Es importante contar con documentos probatorios que avalen dicha situación, en caso de que en el momento de una posible resolución incorrecta, cuente con la manera de acreditarlo en el proceso de recurso de inconformidad.
Saludos cordiales
Donde puedo solicitar esa información, si estoy en ley 73 o 97 que significa eso? Muchas gracias.
Buenas noches,
Verifique en su constancia de semanas cotizadas. Le solicitarán CURP, NSS y correo electrónico.
https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado
Saludos cordiales
HOLA . Será posible que usted me diga, donde se averigua si soy ley 73 o97? Soy de pereia y empecé a trabajar en 1992. Tengo más de 1300 semanas. Muchas gracias
Buenas noches,
Si su primer cotización se ve reflejada antes del 1 de julio de 1997, es ley 73, sin embargo, si al momento de pensionarse cumple con los requisitos en ambas leyes, le otorgarán un documento de elección de régimen en el que podrá elegir, la ley que más le convenga. Nota: En algunos casos, se ve una pensión mejor en ley 97, sin embargo tome en consideración que bajo esta ley, usted financia la pensión con sus propios ahorros, mientras que en ley 73, solo se tomarán dos conceptos del saldo de su afore para financiarla.
Saludos cordiales
Hola, espero se encuentre bien….mi duda es si me toca la ley 73?, yo me di de alta al seguro por parte de la prepa en el 94 (que sin los dijimos 3 y 4 de mi nss) y en el 96 trabaje por más de un mes, en mi constancia de cotizaciones solo me aparecen a partir del año 2000 y es como reingreso, además en mi estado de cuenta del afore me aparece ahorro para el retiro 92 y 97 tengo una cantidad que ha ido en aumento con los años, también dice que en caso de que elija ley 73. No cuento con documentos que me acrediten que labore en 96, y otra pregunta….me ayuda que tengo ese ahorro 92 y 97 como sustento que si labore?
Agradezco de antemano su tiempo y su apoyo para responder mis dudas.
Excelente día!
Buenos días,
Verifique en el INFONAVIT para validar si existió aportación patronal en el periodo mencionado. Recuerde que las cuotas obrero patronales se realizan al IMSS e INFONAVIT, por lo que en el caso de verlo reflejado en su estado de cuenta de INFONAVIT, le servirá como documento probatorio para hacer su aclaración en el IMSS.
En caso de no aparecer ninguna cotización antes del 97, automáticamente tendrá solo derecho al régimen de la ley 97.
Saludos cordiales
Hola!!!
Mi caso consiste en que en 1995 me dieron alta en el IMSS con seguro facultativo en la preparatoria (no trabajaba), en 2000 empiezo a cotizar con otro NSS me hacen unificación de ambos NSS y quedo con el del 95 actualmente mi NSS es 9495…. ya unificado sin duplicidades
Según entiendo soy régimen 97 por empezar a cotizar con una empresa formal hasta el 2000 pero en mi afore me indican que soy régimen 73 por estar dado de alta desde 1995
Cual es mi régimen realmente??? A donde o con quien puedo acudir para despejar mi duda???
Buenas tardes,
El régimen pensionario aplica para condiciones laborales establecidas antes del 1 de julio de 1997, por lo que a pesar que el tercer y cuarto dígito, especifiquen un año de afiliación distinto al de su fecha de inicio de labores, lo que se va a considerar es el primer registro de cotización.
Saludos cordiales
Cuanto cuesta un estudio de pensión?
Buena tardes,
Contamos con tres diferentes paquetes de estudio de pensión. El precio, depende de la complejidad de cada caso.
Estudio Básico de $599
Aplica para trabajadores que tengan todas sus semanas reconocidas y no hayan solicitado retiro por desempleo en afore, ya que se realiza el cálculo de las condiciones actuales de pensión mas modalidad 40 por 1,2,3,4 y 5 años
Estudio Especializado de $899
Este estudio aplica cuando existen semanas no reconocidas o se ha solicitado algun retiro por desempleo en AFORE, ya que realizamos los cálculos aplicables del estudio básico, más los cálculos complementarios considerando semanas no reconocidas y/o reintegro de semanas por retiro de desempleo.
Estudio Portabilidad ISSSTE – IMSS de $1399
Aplica para trabajadores que hayan cotizado en ambos institutos, y que en ISSSTE pertenezcan al régimen de cuentas individuales, pudiendo alcanzar las proyecciones del estudio especializado, mas la combinación con las cotizaciones de ISSSTE.
Buen día en la escuela me registraron en el 96 , pero trabaje por primera vez en el 98 , pero en mi Afore tengo aportaciones en el sar 92-97 y en el Infonavit 92-97 , entonces cuál modalidad me corresponde , gracias
Buenas tardes,
El seguro facultativo no impacta sobre el régimen de pensión. Por lo que pertenece al regimen 97.
Saludos cordiales
estoy por cumplir 60 años en julio del 2022 empecé a cotizar seguro social en 7 de febrero de 1994 mi pregunta es tengo 623 semanas cotizadas con esas me puedo pensionar y bajo que regimen
Buenas noches,
En efecto, ya se puede pensionar bajo el régimen de la ley 73 del IMSS.
Le sugeriríamos realizar un estudio de pensión a fin de que determine, las mejores opciones aplicables a su caso y conocer los posibles montos de pensión que podría recibir.
Saludos cordiales
Buena tarde tengo la siguiente duda.
Los números de mi NSS son 689072…. Según esto mi registro del IMSS fue en 1990. Recuerdo que que entre a trabajar a una empresa, sin embargo no encuentro el contrato y la hoja rosa. Después en mi historial de semanas cotizadas aparecen registros después del año 2000 que fue cuando volví a laborar. sin embargo no aparecen las cotizaciones del año 1990 solo en el ultimo registro de semanas cotizadas aparece una leyenda que dice «Reingreso» y el año del 2000.
A que régimen pertenezco?
73 o 97
Saludos.
Buenos días,
Actualmente tiene acreditados los derechos para el regimen de la ley 97, sin embargo, si valida las aportaciones de INFONAVIT y se confirma el pago de las cuotas patronales en 1990, puede realizar la aclaración al IMSS para que le reconozcan esas semanas y así tener derecho al regimen 73.
Saludos cordiales
Muchas gracias de antemano por su valiosa información, he resuelto varias dudas leyendo las respuestas que brinda muy concretamente.
Tengo una mera inquietud, me gustaría compartirla y conocer su gran opinión.
Con certeza se que pertenezco a ley 97 porque empecé a cotizar en el 2020.
Curiosamente, al checar mi historial de semanas cotizadas están asociadas algunas que por ningún motivo me corresponden, son del año 94 y 95, entre una y seis semanas aproximadamente, lo cual, técnicamente me colocaría en ley 73.
Hasta el momento no he tenido ningún problema con mi número de seguro social ni mi RFC o mi CURP para inferir que está duplicado mi NSS.
Surge mi inquietud, si me acerco a la delegación del IMSS posiblemente me cambien de número social.
Infiero que esto afectaría únicamente al régimen al que pertenezco, entiendo que es un asunto más de ética porque estoy consciente que me toca ley 97.
¿ Alguna sugerencia o recomendación ante mi caso?
Muchísimas gracias por su atención y por la información proporcionada.
Buenos días,
Posiblemente su caso se trate de una homonimia, que es cuando ligaron su NSS con los datos de otro trabajador. Por lo que le sugerimos comenzar a corregirlo lo antes posible, ya que para futuros temas de pensión, le perjudicaría drásticamente a usted o al otro trabajador.
Saludos cordiales
Buenas tardes,hace días hice una pregunta,pero no la veo aún por aquí; es básicamente lo siguiente,tengo 47 años.estoy cotizando desde el 94, como puedo saber cuál es la cantidad que requiero tener en el aforé para poder tramitar la modalidad 40, quiero saber si puedo aplicar??
Buenas tardes,
La cantidad de saldo en la afore, no impacta en la contratación de modalidad 40.
Saludos cordiales
Hola pertenezco al régimen de la ley 73 ya cumplo con las semanas obligadas para pensionarme pero aún no cumplo los 60 años . Tengo 58 puedo de alguna forma pagar mis aportaciones
Hasta cumplir los 60 en caso de lee odie dejar de laborar
Buenas tardes,
Si cotizó al menos 52 semanas en los ultimos 5 años, podría tener derecho a contratar modalidad 40 para cumplir con la vigencia en su conservación de derechos o bien, para tener una mejoría en su pensión.
Justo con nuestro estudio de pensión, podríamos conocer el monto de inversión, su fecha de conservación de derechos en cada variable y el impacto que tendría en su pensión.
Saludos cordiales
Holaa tengo una duda yo nací el 1971 y cuando empece a trabajar me dieron de alta en el imss me pusieron en el número de afiliación 248870 yo fui varias veces a las oficinas a querer cambiar el número de afiliación y me dicen que no hay problema que no afecta. Creen que me afectara para cuando tenga que hacer algún tramite??
Buenos días,
Por lo general, la composición del NSS no afecta, si se encuentran cargados sus datos correctamente en el sistema del IMSS.
Saludos cordiales
Hola, empecé a cotizar desde el 94,tengo 47 años,como saber si tengo el 30% de mínimo en el aforé a cuántos salarios corresponde para saber si aplico en la modalidad 40??y como me pueden ayudar a calcular mi pensión en caso de que aplique??
Buenas tardes,
No entiendo el 30%. Según la ley, los requisitos de la continuación voluntaria del regimen obligatorio son:
Estar dado de baja del regimen obligatorio
Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años
Podrá contratarla con el mismo o un salario superior hasta el máximo permitido por la ley
Pero no habla de un 30%.
La asesoría de pensiones que brindamos, la basamos en un estudio de pensión en el cual vamos realizando diferentes cálculos de pensión a fin de determinar la mejor estrategia aplicable a su caso en particular.
Regálenos un mensaje por wp o una llamada el 5522594780
Saludos cordiales
Buen día, en mi historial de semanas cotizadas aparece que me dieron de alta 06/08/1996 y baja el mismo día. ¿Qué procede en ese caso? y posteriormente me reingresaron el 01/01/1997. Gracias.
Corregí la fecha es 01/07/1997.
Le corresponde la ley 73 del IMSS, debido a esa cotización el 06/08/1996. Aún siendo solo un día, le da derecho.
Saludos cordiales
Buen día, en mi historial de semanas cotizadas aparece que me dieron de alta 06/08/1996 y baja el mismo día. ¿Qué procede en ese caso? y posteriormente me reingresaron el 01/01/1997.
Gracias.
Buenos días,
Pertenece a la ley 73 del IMSS.
Saludos cordiales
Empece a trabajar en junio del 94 y trabaje solo un mes … hoy llevo 670 semanas… trabajadas que procede.?
Buenas tardes,
Si aparece esa cotización en su historia laboral, tiene derecho a la ley 73. Por lo que le sugerimos realizar un estudio de pensión a fin de determinar la mejor estrategia aplicable a su caso en particular.
Quedamos a sus órdenes en el 5522594780 y en contacto@pensionarsemejor.com.mx
Saludos cordiales
Hola, Yo coticé solo 2 semanas en el 93 y después pasaron muchos años sin estar dado de alta, estuve en varios lugares trabajando de manera esporádica a partir del 99 ¿Puedo jubilarme con la ley del 73?
¡Gracias por sus atenciones!
Buenas tardes,
Si en su historia laboral le reconocen desde esa fecha en 1993, aún siendo una semana cotizada, le da derecho al regimen de la ley 73 del IMSS. Si ya cuenta con al menos 60 años, 500 semanas cotizadas y se encuentra dado de baja como asalariado (dentro de la conservación de derechos), entonces, ya puede solicitar su pensión.
Si requiere, que calculemos las mejores opciones viables para definir la mejor estrategia posible, quedamos a sus órdenes en el 5522594780 o en contacto@pensionarsemejor.com.mx
Saludos cordiales
Buena noche mi papá hizo su trámite para pensionarse todos sus papeles estaban bien y salía que se pensionaba en el antiguo régimen cuando fue al seguro le hicieron el cambio de papeles y no se percató Ademas de quien estaba atendiendo se le notaba nervioso y el firmo el nuevo régimen se puede hacer algo
Buenas tardes,
En realidad, si firmó el documento de elección de régimen bajo la ley 97, no podría hacer nada al respecto, ya que el incorrectamente lo eligió. Si esta resolución tiene menos de 15 días hábiles, podría intentar interponer un recurso de inconformidad.
Saludos cordiales
Buenas tardes
Me dieron de alta el 5/05/97 y baja el 19/05/97, fueron sólo 10 días de cotización, posteriormente me dieron de alta el 14/01/98.
Tengo derecho a la ley 73?
Saludos!
Buenas tardes,
Así es, usted pertenece al regimen de la ley 73. Solo verifique que estén reconocidas esas cotizaciones.
Saludos cordiales
yo cotice seguro social del año 1980 al 1989 quiero saber si puedo obtener una pensión
Buenas tardes,
Si solo ha cotizado en ese periodo, será importante primero reactivar la conservación de derechos cotizando al menos 1 año para pensionarse, después validar, que sus semanas cotizadas sean suficientes para tener derecho a la pensión, validando que le reconozcan en su totalidad dichas cotizaciones. De lo contrario le otorgarán una negativa de pensión.
Saludos cordiales
Buenas tardes, a mi papa que acaba de fallecer lo dieron de alta el 16 de Junio de 1997 de acuerdo al desplegado de semanas cotizadas del IMSS, estamos actualmente tramitando la pension para mi mama pero nos comentan que por ser tan corto el rango de dias, a mi mama le van a dar la pension del 97 en lugar de la del 73, esto es correcto?
Buenas tardes,
Eso es incorrecto, su papá tenía derecho a ley 73. Incluso debieron de otorgarle un documento de elección de régimen. Si no fue así y forzosamente los quieren obligar a seleccionar ley 97, quedaría abierta la opción de recurso de inconformidad.
Saludos cordiales
Mi tio es de la ley 73 y ya tiene mas de 65 años y no puede obtener su pension por error en su nombre que puede uno hacer en ese caso?
Buenas tardes,
Debe validar la corrección de su nombre y homologarla en todos los institutos que tengan que ver con los requisitos para trámite de pensión. Solo hasta entonces, podrá solicitar su pensión favorablemente.
Saludos cordiales
Buenas tardes, mi NSS es 149677, me acuerdo que en 1996 un patrón me dio de alta así lo dice mi numero de Seguro Social ya que según me comentan el 3ero y 4to. digito indican el año de registro, sin embargo no tengo mi alta de aquella fecha y al sacar la constancia de semanas cotizadas solo me aparecen las del patrón formal que me registró a partir del 2001, ¿Cómo puedo saber con certeza que ley me aplica?
Buenas tardes,
Verifique en INFONAVIT si tiene reporte de pago de cuotas patronales en ese periodo.
Saludos cordiales
Hola. El estado de cuenta de mi afore indica que soy generación de transición. Pero en el reporte de semanas cotizadas en el IMSS el primer empleo listado marca 4 de septiembre del 97. Dice «reingreso», pero no hay indicado un empleo anterior
Buenas tardes,
Si usted cotizó antes del 1 de julio del 97 y no le están contemplando el registro en su constancia de semanas cotizadas, es necesario que inicie la aclaración ente la subdelegación del IMSS que corresponda, a fin de hacer valer que pertenece a la ley 73. De lo contrario, permanecerá con las condiciones de pensión estipuladas en la ley 97.
Saludos cordiales
Buenos días, que pasa en el caso de las personas que hace años firmaron una hoja de cambio de jubilacion, la ofrecian los que ofrecian las afores
Buenas noches,
¿Cómo se llama ese documento?
¿Es en IMSS o en ISSSTE?
Posiblemente se refiera a un traspaso de Afore, ya que el documento de elección de régimen solo se da al solicitar la pensión.
Saludos cordiales
HOLA yo cotice el 21 de Dic. 2001 pertenezco a la ley 97?
Buenas noches,
Así es. Si cotizó a partir del 1 de julio de 1997, pertenece a la ley 97.
Saludos cordiales
Buen día, en días pasados coloqué una pregunta pero no la he visto posteada por aquí, la planteo de nuevo:
Mi número de seguridad social es del 89 porque en la escuela me dieron de alta en ese año (1989), comencé a trabajar con derechos del IMSS hasta 2004, en mi estado de cuenta de AFORE aparece una leyenda que dice: «GENERACIÓN 70-74, GENERACIÓN DE TRANSICIÓN», la duda es: ¿Pertenezco al régimen o ley 73 o del 97?.
Saludos y gracias de antemano,
Buenas noches,
La leyenda de generación 70-74 se refiere a las siefores generacionales, no al régimen de pensión.
Saludos cordiales
es posible jubilarse si soy de la ley 73 y tengo cotizadas 692 semanas, actualmente tengo 53 años
Gracias
Buenas noches,
Deberá esperar a cumplir 60 años.
Saludos cordiales
Buen día, tengo una duda:
Si en mi estado de cuenta actual de afore dice «GENERACIÓN 70-74, GENERACIÓN DE TRANSICIÓN «, el tercer y cuarto dígito de mi NSS es 89 pero me dieron de alta como trabajador en 2004 ¿Esto significa que pertenezco al régimen 73 por tratarse de que me consideran de TRANSICIÓN?.
Saludos y gracias de antemano.
Buenas noches,
Pertenece a ley 97 debido a que su primer cotizacion fue después de 1997.
Saludos cordiales
Muy buenas tardes : Les agradezco de antemano por la respuesta obtenida, mi pregunta es la siguiente .- Me dieron de alta por 2 días en el año 1996 (Alta 14/10/1996 / Baja 16/10/1996) y cotice nuevamente hasta 2 años después (12/11/1998) ¿ Me correspondería pensionarme por la Ley 73?
Les agradezco la respuesta, quedo en espera de sus comentarios, Saludos Cordiales 🙂
Buenas noches,
Es correcto, si cuenta con una cotización reconocida por el IMSS aún desde 1 día antes del 1 de julio del 97, usted tiene derecho a la ley 73.
Saludos cordiales
Buenas tardes yo tengo el recuerdo de que entre a trabajar en junio del 97 pero como puedo saber con certeza en que fecha entre mi número de imss es 3597780734 y solo sería lo disponible de afore te divide cierta mensualidad o te puede entregar todo?
Buenas tardes,
Es importante que descargue su constancia de semanas cotizadas a fin de determinar su fecha de ingreso.
Por otra parte, si cuenta con su hoja rosa de afiliación al IMSS, podrá validar en que periodo comenzó a cotizar y en dado caso, solicitar una aclaración.
Saludos cordiales
Buenas tardes tengo 1350 semanas cotizadas, para pensionarse con esta ley de modalidad 40, a que edad se puede realizar?, tengo 47 años
Buenas tardes,
En Ley 73, la edad mínima para pensionarse es a los 60 años, por lo que debe de encontrarse dentro de su conservación de derechos.
Sin embargo, si cuenta con saldo suficiente en AFORE para financiar una pensión mínima garantizada mas el 30%, podría realizar un retiro anticipado, pudiendo buscar una pensión baja.
Saludos cordiales
Hola buenas tardes
Un par de dudas, comence a trabajar en 1989 pero solo cotize un mes en el IMSS y sali para seguir estudiando, volvi a cotizar al IMSS en 1998 cuando me integre de lleno al trabajo, soy ley 73 o 1997?
La segunda pregunta, en caso de ser ley del 73, tengo 1044 semanas cotizadas, puedo tramitar la pensión si aún me faltan algunos años para cumplir los 60 ó a que edad seria la minima para hacer el tramite?
Agradezco de antemano su respuesta
Saludos cordiales.
Buenas tardes,
Pertenece a la ley 73 del IMSS en donde establece una edad mínima para pensionarse de 60 años.
En el estudio de pensión que realizamos, calculamos el importe que recibiría al cumplir 60 años con las condiciones actuales, o bien, con la aplicación de modalidad 40 definiendo el monto de inversión así como la amortización derivada del incremento a las condiciones actuales.
Saludos cordiales
Yo me di de alta al imss en 1984 a qué ley pertenezco ???
Buenas tardes,
Si tiene cotizaciones antes del 1 de julio de 1997, pertenece a la ley 73 del IMSS.
Saludos cordiales
Buenas tardes si yo por primera vez cotize en octubre de 1992 en 3 trabajos diferentes y a partir de octubre de 1997 en otro trabajo y actualmente tengo alrededor de 1200 semanas cotizadas en cuál régimen entró actualmente tengo 47 años
Buenas tardes,
Usted pertenece a la ley 73 del IMSS.
Le invitamos a realizar un estudio de pensión, a fin de definir su mejor estrategia de pensión.
Saludos cordiales
Pregunta, si yo fui dado de alta exactamente el 1 de julio del 97 no alcanzo a ser ley 73 ?
Buenas tardes,
En efecto, pertenece a la ley 97.
Saludos cordiales
Buena tarde, ya tramité la constancia de semanas laboradas (756 a la fecha) y me indica que fui dado de alta el 01-01-97 , esto me indica entonces que pertenezco a la ley 73? Por otro lado como puedo saber a qué Afore perteneció mi papá ya fallecido y si tenía cuenta?
https://e-sar.com.mx/PortalEsar/public/consultaAforeInicio.do
LUIS ROBERTO ASTORGA QUIROS CEDULA 107740595 SOY 73 O 97
Si cotizó antes del 1 de julio de 1997, pertenece a ley 73. Si no le reconocen las semanas anteriores, debe solicitar la aclaración para hacer valer ese regimen de pensión a su caso en particular.
Saludos cordiales
que sucede si el numero de seguridad social indica que fue dado de alta en el 96, pero comenzo a trabajar en el 98.
en la oficina de pensiones me indican que soy de la generacion de transicion pero mi historial indica que comence en el 98. que tal que aplico la modalidad 40y al final no me la aceptan?
En muchas ocasiones el año de afiliación, no forzosamente debe coincidir con la primer cotizacion debido a que pudo deberse a un seguro escolar facultativo,el cual, evidentemente no cuenta con características laborales.
Si su primer cotizacion ante el IMSS fue en 1998, pertenece a la ley 97.
Saludos cordiales
Buenos dias, Yo estoy en el mismo caso solo que los segundos digitos son 91 y tengo mi primera cotizacion en el 99, pensé que era facultativo, pero fui a preguntar a la Escuela y me dijeron que con ese numero no me dieron de alta que era un numero desechable y temporal, como saber si fue o no fue facultativo la primera vez, ahora bien llegue a su pagina porque en la pagina del IMSS dice esto:
«¿En qué año ingresé al IMSS? Es el año en el que tú o tu patrón realizaron tu registro ante el IMSS para proporcionarte un Número de Seguridad Social.
Además:
El año en el que ingresaste es cuando comenzaron tus cotizaciones al IMSS.» y buscando en google encontre que su paguina dice algo similar, pero ya leyendo los comentarios, ya cambia la situacion. Por ahi alguien me comento que el hecho de tener ese NSS quiere decir que por lo menos hubo una cotización, ya busque en el SINDO y no hay otras empresas me hace falta buscar mas pero donde más se puede realizar una búsqueda fuera de protocolo para no afectar mi caso y ahí verificar que es lo que aparece?
Muchas gracias de antemano.
Buenas tardes,
Verifique en INFONAVIT, en el estado de cuenta del fondo del ahorro del trabajador anterior al SAR y en el estado de cuenta SAR.
Si tuvo al menos una cotización en donde se vea reflejada la aportación patronal antes del 1 de julio del 97, podrá realizar la aclaración ante el IMSS para tener derecho a la ley 73.
Saludos cordiales
Buenas tardes, tengo una duda, me dieron de alta la primera vez en una escuela el 14 de mayo de 1996 y en el reporte de semanas cotizadas que me dio el IMSS me sale que el salario en ese período fue 0, y mi primer trabajo fue hasta enero de 1998 donde ya se registra un salario.. derivado de esto me dijo un señor que como yo tenía seguro facultativo en la escuela Yo no pertenezco a la Ley 73.. pero en mi afore dicen que si soy ley 73.. como puedo confirmar eso?
Buenas tardes, en efecto. Usted pertenece a la ley 97, ya que no cotizó ante imss antes del 1 de julio del 97
Saludos cordiales
buen dia
Disculpe mie esposa esta registrada en la ley 73, péro dejo de cotizar desde hace 20 años, actualmente tiene 52 años puedo apegarme a la ley 40 para cumplir con las 500 semanas y poder pensionarme
Buenas tardes, lamentablemente no es posible debido a que el requisito para contratar modalidad 40 es haber cumplido con 52 cotizaciones semanales en los últimos 5 años.
hola mi duda es no se a cual ley pertenezco ya que mi numero de seguridad social es 119376 y demás , algunos me comentan que con cualquiera de las dos pero cual es la que mejor me conviene, y por que ?
Buenas tardes,
Si su afiliación coincide con su primer cotizacion pertenece a la ley 73. La ley 73 conviene más porque es financiada por recursos del IMSS, mientras que la 97 por recursos propios.
Si requiere mayor precisión de su caso en particular, le invitamos a realizar el estudio de pensión aplicable para que conozca los panoramas reales.
Saludos cordiales
Buenos días, mi duda es: Yo trabaje para la Policía Auxiliar 18 años, entré en el año 1993 y cause baja voluntaria en el año 2011, manejaban entonces el SAR(ISSSTE), mi duda es si al integrar mi saldo del SAR, a mi afore, en el cual ingrese en el año 2013, pertenezco a la Ley 73.
Buenas noches, al revisar el historial de mis semanas cotizadas me aparecen nombres de patrones de otros estados que no reconozco, donde puedo hacer una aclaración al respecto?
Buenas noches,
Acuda a su subdelegación IMSS
Saludos cordiales
Buenas noches,
Es importante que lo verifique en el IMSS ya que posiblemente se trate de una homonimia.
Saludos cordiales
Hola buenas tardes!! yo tengo laborando en la misma empresa 31 años solo que una parte de mi salario son comisiones
y por logica en los ingresos ante el imss tengo un salario muy bajo, esto lo hace la empresa para ellos pagar menos imss
yo tengo 49 años, mi pregunta es a partir de cuando puedo hace aportaciones voluntarias y como saber cuanto puedo
llegar a percibir cuando me jubile, muchas gracias quedo en espera de su amable respuesta.
Buenas tardes,
Es importante mencionar que a partir de que se dé de baja como asalariado, podrá optar por contratar modalidad 40. Para conocer los posibles costos de inversión y el impacto en la pensión, contamos con un estudio en dónde calculamos esas variables.
Saludos cordiales
Buenas tardes.
Mi caso es el siguiente. Me di de alta en el IMSS, en 1995, sin embargo mi primera cotización la hice en diciembre del 1997, de acuerdo a la lógica manejada en las preguntan anteriores pertenezco a la ley 1997.
Porque en mis estados de cuenta dice trabajador en Generación de Transición ???
Buenas tardes,
En efecto pertenece a la ley 97, ya que para pertenecer al régimen de la ley 73 se requiere haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Saludos cordiales
BUENAS TARDES MI ESPOSO ME COMPRO UN SEGURO IMSS EN 1992 PARA TENER A MI BB Y AHORA QUE REVISE MIS SEMANAS COTIZADAS DICE QUE EMPECE A TRABAR EN 1998 , MI NUMERO DE SEGUERO SOCIAL TIENE 9 COMO TERCER DIGITO Y 2 COMO CUARTO DIGITO. MI DUDA ES ME PUEDO ENSIONAR CON LA LEY DEL 73?
Buenas tardes,
Independientemente a si su numero de seguridad social marca en el tercer y cuarto digito en año de su afiliación, no significa que forzosamente le cubra para los seguros de retiro, invalidez o muerte ya que por lo que menciona, muy probablemente se le registró con la modalidad 33 y en ese caso, solamente fue para el servicio médico. Para que se le reconozca en ley 73, su primer cotización debió haber sido antes del 1 de julio de 1997, en caso contrario, pertenece al régimen de la ley 97.
Saludos cordiales
Buenos días:
Sí me dieron de alta por primera vez el 25 de junio del 97, y trabajé sólo 2 meses posterior a esa fecha, pertenezco a la ley del 73?
Así es.
Si me dieron de alta el 25/06/1997 pertenezco a la ley del 73???
Buenas tardes: a qué se refiere “se encuentren en conservación de derechos”???
Buenas tardes,
En el siguiente link, podrá encontrar un artículo que tenemos al respecto.
https://www.pensionarsemejor.com.mx/pensiones-imss/conservacion-de-derechos/
Buenas noches empecé a laborar 01 de febrero de 1982, pero como he cotizado continuamente únicamente tengo 938 semanas de cotización , es posible pensionarme con la Ley de 1973, por el momento sigo laborando y tengo 67 años.
Buenas noches,
Si es posible pensionarse por ley 73 siempre que le reconozcan las cotizaciones desde 1982 y se encuentre dentro de su conservación de derechos. Si lo desea, contamos con un estudio de pensión en dónde proyectamos el monto de pensión que recibiría en condiciones actuales y con modalidad 40.
Quedamos a sus órdenes
Reciba un cordial saludo
Buenas tardes, quisiera saber si puedo ser pensionada por la ley 73 ya que empecé a laborar en el año 1993 pero perdí mi hoja rosa, y al parecer en ese momento tenia mal una la letra de uno de mis apellidos me registraron como( Lobera), no cuento con mi numero de seguridad social de esa fecha y se me asigno otro numero de seguridad social, también estuve cotizando a el ISSSTE me podría apoyar ?
Buenas tardes
Pertenezco a la ley 97, trabaje 9 años para el sector privado y actualmente me encuentro trabajando como profesionista independiente, entiendo que para tener un retiro mas tranquilo lo conveniente es que haga aportes voluntarios a mi afore. Mi duda es mis años laborales siguen contando si estoy declarando en SAT bajo el regimen de profesionista independiente aunque ya no este cotizando en el IMSS? Podre recuperar el dinero que ya tengo actualmente por los otros 9 años?
Gracias!
Buenas tardes,
Son dos temas completamente independientes debido a que el SAT no brinda seguridad social. En el IMSS tendría que buscar la alternativa de continuar cotizando como trabajador independiente, para preparar su pensión por vejez.
Saludos cordiales
Buenas tardes,
Empecé a cotizar en el imss en 1997, pero no se si fue antes del 01 de julio o después de esa fecha, como puedo conocer el mes, a fin de saber el régimen?, puede ser con mi numero de seguridad social, por qué ahí solo viene el año?
saludos
En su constancia de semanas cotizadas verifique la primer cotización reflejada.
Saludos cordiales
Buenas tardes, me acerco a ustedes para que me ayuden a sortear una duda. Fui dado de alta en el IMSS en 1992 a través del seguro facultativo que la universidad me otorgo cuando estudiante.
Mi duda es que de mediados de 1996 a mediados de 1997 me desempeñe en el IMSS como medico interno de pregrado (Becario), y al parecer esa condicion no generó antiguedad ante el IMSS, y no se refleja como semanas cotizadas en mi historial laboral. ¿Es factible que pese haber laborado para el IMSS en ese periodo no haya generado semanas de cotizacion? En los tarjetones de pago de ese ,entonces no aparece mi numero de seguridad social
Actualmente mi historial laboral marca como inicio de cotización el año 1999 lo cual me coloca bajo la ley de 1997
Agradezco mucho sus amables atenciones para con un servidor.
Buenas tardes dr. Toscano,
Es muy probable que al haber sido becario, no haya obtenido registro en sus cotizaciones ante el IMSS, y a pesar de haber contado con un seguro facultativo, solo era para el tema del servicio médico y no como condiciones plenamente laborales.
En efecto, pertenece al regimen de la ley 97 del IMSS
Reciba un cordial saludo
hola, me surge una duda, es requisito para poderse pensionar bajo el régimen de la Ley del 73 haber cotizado al IMSS antes de 1997, o tan solo el haber sido dado de alta al IMSS, antes del 97, ya que en mi caso comencé a cotizar al IMSS hasta el 2005, pero cuento con un número de seguridad social del 93, por haber tramitado el seguro facultativo otorgado por la UNAM cuando era estudiante y por ende me dieron de alta en el IMSS en el 93.
Con este escenario, es viable que pueda optar por pensionarme a través de la Ley de 1973?
Agradezco de antemano, su respuesta.
Saludos,
Buenas tardes, es a partir de que comenzó a laborar y su primer cotización. En el caso del Seguro Facultativo no aplica ya que no estuvo inscrito en el régimen obligatorio.
Saludos cordiales
Buenas tardes, ya tengo 796 semanas cotizadas solo que tengo 46 años esta es la fecha de mi alta 01/09/1993
Buenas noches,
Mientras más semanas continúe acumulando mejores opciones tendrá para pensionarse. Le sugerimos continuar cotizando y después aplicar modalidad 40. Si lo requiere, podemos realizar un estudio de pensión a fin de definir concretamente su mejor estrategia de pensión.
Saludos cordiales
Buenas tardes
Disculpa una duda
Mi papá ya tiene 50 años y tiene 1196 semanas cotizadas aproximadamente
Por las semanas cotizadas puede jubilarse y de que manera podría hacerlo o a fuerzas debe cumplir los 60 años?
Que tengan buena tarde y espero su respuesta.
Gracias por su atención
Buenas tardes,
La edad mínima para pensionarse bajo ley 97 y 73 es a los 60 años. En el caso de ley 97, si cumple con los requisitos, podría solicitar un retiro anticipado.
Saludos cordiales