Pensión Garantizada IMSS Ley 97 2022

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Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2021 de las reformas a la Ley del IMSS 97 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 16 de Diciembre de 2020 se han creado muchas dudas respecto al monto de la pensión garantizada. En el siguiente artículo encontrarás información relevante al respecto.

¿Qué es la pensión garantizada?

Es aquella pensión que garantiza el Estado, independientemente del saldo reflejado en la AFORE, siempre que se reúnan los requisitos mínimos establecidos en la ley para tener derecho a ella. Es decir, si el saldo reflejado en la afore no es suficiente para cubrir al menos una pensión de $2,814.98 pesos mensuales, el gobierno aportará la cantidad necesaria para que se garantice el pago de dicho monto mensual.

Pensión Garantizada en Ley 97 IMSS 2021

Si comenzaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 y con la entrada en vigor de las Reformas el pasado 1 de enero de 2021 deberás considerar lo siguiente:

En el año 2021 bastará con tener al menos 750 semanas cotizadas (Las cuales se incrementarán 25 por cada año hasta alcanzar un mínimo de 1000 en 2031) y contar con 60 años cumplidos, el monto de la pensión garantizada se regirá en base a la siguiente tabla:

Pensión Garantizada en Ley 97 IMSS 2022

La pensión garantizada en 2022, se actualizó en base a la inflación reportada por INEGI, el pasado 10 de enero de 2022, la cual fue del 7.36%.

¿Para quienes aplica la Pensión Garantizada IMSS Ley 97?

Para Trabajadores Ley 97

Que hayan cotizado el mínimo de semanas contempladas en la ley 97 del IMSS, cuenten con al menos 60 años cumplidos, se encuentren privados de trabajo remunerado y el saldo de su afore no sea suficiente para obtener una pensión garantizada.

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A continuación te indicamos el mínimo de semanas por año acuerdo a la siguiente tabla:

  • Año 2021: 750 semanas cotizadas
  • Año 2022: 775 semanas cotizadas
  • Año 2023: 800 semanas cotizadas
  • Año 2024: 825 semanas cotizadas
  • Año 2025: 850 semanas cotizadas
  • Año 2026: 875 semanas cotizadas
  • Año 2027: 900 semanas cotizadas
  • Año 2028: 925 semanas cotizadas
  • Año 2029: 950 semanas cotizadas
  • Año 2030: 975 semanas cotizadas
  • Año 2031: 1000 semanas cotizadas

Trabajadores bajo Ley 73 fuera de su conservación de derechos.

Es importante destacar que esta resolución aplica a partir del 1 de enero de 2021, por lo que todos aquellos trabajadores que tengan reconocidas al menos 750 semanas, hayan cumplido 60 años a partir de 2021 y se encuentren sin trabajo remunerado, aún cuando hayan transcurrido muchos años desde su ultima cotización y se encuentren fuera de su conservación de derechos, tendrán derecho a pensionarse bajo estas condiciones por cesantía o vejez.

Esta consideración se realiza, debido a que en el artículo 150 de la LSS 97 se especifica que solo aplicará en el seguro de invalidez y vida, lo cual deja sin restricciones al seguro de retiro.

A continuación citamos dicho artículo

Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los
derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la
cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.
Este tiempo de conservación de derechos no será menor de doce meses.

LSS 97 artículo 150

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Si requieres asesoría no dudes en contactarnos y con gusto te atenderemos.

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    28 comentarios en “Pensión Garantizada IMSS Ley 97 2022”

    1. B tardes ,, yo solicite pensión por viudez el 13 de octubre del 2023 y no he recibido noticia de mi resolución me dijeron que ellos me iban a marcar ,,, cuanto tiempo tengo que esperar para la resolución ,,,, Muchas gracias

      1. Buenas tardes,

        La media de respuesta va de 15 a 40 días hábiles. De cualquier manera, le sugeriría acudir a su clínica para validar el estatus.

        Saludos cordiales

    2. Hola tengo 59 años con 1295 semanas cotizadas sueldo de 10,000 mensuales mi pension sera la garantizada si me quiero pensionar a los 60 años. O puedo incrementarla con modalidad 40.
      gracias por su atencion.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Si usted pertenece al regimen de la ley 97, le entregarían la pensión garantizada que corresponda.

        Saludos cordiales

    3. BUENAS NOCHES , MI PAPA FALLCIO EL TRANAJO DEL 2006 A EL 2023
      TIENE UN TOTAL DE 852 SEMANAS ASTA DONDE LEEI CORRESPONDE A UNA PENCION GARANTIZADA CON EL REGIMEN 97
      EN ESTE CASO PUEDE TRAMITARLA MI MAMA.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Así es, su mamá está protegida con el seguro de muerte. Por lo que tiene derecho a una pensión por viudez.

        Saludos cordiales

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        En realidad, el beneficio o perjuicio, lo indicamos con nuestro estudio de pensión ya que con ello, se podría identificar si es rentable o no la aplicación de la continuación voluntaria en su caso en particular.

        Saludos cordiales

    4. juana genoveva talavera

      tengo 63 años y 1155 semanas y ewstoy dada de alta con el salario minimo y soy ley 97 mne tocara pension garantizada

    5. Carmen Gutiérrez Castillo

      Hola buenos días,

      Quiero saber si hay la posibilidad que pudiera tener pensión garantizada mí tía, ella tiene 85 año y tiene solamente 561 semanas tuvo antes 1056 pero en las semanas cotizadas dice que le descontaron por disposición de recursos le descontaron494 semanas cotizadas y esta activa en el IMSS pero ella empezó a trabajar 24/10/2000 siempre con un salario mínimo, y me pregunta ella si podría alcanzar alguna pensión o solo le regresarían lo que tiene ahorrado en el AFORE.

      le agradecería mucho si pudiera orientarme.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,

        En las condiciones actuales, le darían una negativa de pensión para recuperar el saldo de afore solamente.
        Si reintegra los recursos por retiro de desempleo a su afore, podrá gozar de una pensión garantizada en base a la ley 97.

        Saludos cordiales

    6. Hola vi un video en donde decía que cualquier persona podía registrarse en la modalidad de la ley 73, que tan cierto es ésto? yo inicie a cotizar en el 2002 y actualmente me encuentro en la modalidad 97

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos días,

        Es falso. La elección de régimen solo se genera cuando el trabajador es ley 73 y cumple con los requisitos de pensión en ambas leyes.

        Saludos cordiales

    7. Salvador Rodriguez

      Puedo adherirme a la modalidad 40 del IMSS si mi alta fue posterior al 1 de julio de 1997? Lo pregunto porque actualmente no estoy cotizando al IMSS y no quiero retrasarme en mi numero de semanas cotizadas para alcanzar las requeridas por la ley.

      1. Buenas noches,
        La modalidad 40 es indiferente a la edad o régimen pensionario, siempre que haya cumplido 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años y cubra con sus pagos puntualmente. Puede continuar cotizando con esta modalidad para cubrir las semanas necesarias establecidas en la ley 97.
        Saludos cordiales

    8. Hola, sabes cómo se determina si la cuenta en la AFORE es «suficiente» o no?
      Tú mencionas que se checa contra el monto mínimo de $2622.00, sin embargo, en la tabla que muestras hay diferentes saldos dependiendo de la edad y de las semanas cotizadas. Esto significa que el monto mínimo contra el que se checa es variable?

      Muchas gracias por tu aporte. Es información muy valiosa. Yo tengo un total de 1180 semanas cotizadas y 61 años cumplidos, sin embargo, mi ahorro en la AFORE es muy bajo, me alcanzaría para 2 años o 3 cuando mucho, por lo que esperaría que sea merecedor de la pensión garantizada.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,

        Existe un documento con los procesos para el cálculo de pensión en ley 97 y es publicado por la CONSAR.

        Saludos cordiales

    9. buenas noches,. , quisiera saber si cumplo los requisitos para pension por vejez..
      semanas cotizadas 1,135
      ley 73..( inicie en 1980)
      mas de 12 años si cotizar..o sea sin conservacion de derechos.
      edad: 65 años cumplidos en 2021.

      1. Buenas tardes,

        Sería cuestión de realizar un estudio de pensión para conocer con precisión su fecha de conservación de derechos y validar si es posible solicitarla y obtener un pago en retroactivo hasta por un año de pensión, o definitivamente tendrá que reactivar su conservación de derechos.

        Quedamos a sus órdenes.

        Saludos cordiales

    10. Para pensionarme por la ley 73 me pide el IMSS tener minimo 1,000.00 pesos de saldo en mi afore es correcto ? Cumplo con todos los requisitos para pensionarme por la ley 73.
      Mi saldo en la sub cuenta de retiro es de 613.38 porque me pide el IMSS 1,00.00 pesos de saldo en mi afore?

      1. Pensionarse Mejor

        Lo que sucede es que muy probablemente usted realizó un retiro total de afore tras una negativa de pensión, y al haber cumplido los requisitos, nuevamente la está solicitando. Es muy probable que aparezca marcado en sistema y por ello le piden ese saldo mínimo. Puede buscar la alternativa de seguir cotizando con modalidad 40 para completar esa cantidad.
        Saludos cordiales

        1. TENGO 57 AÑOS MAÑANA CUMPLO 58
          tengo 1552 semanas cotizadas
          soy ley 73 inicie en 1989

          quiero saber la cantidad que puede aportar cuanto me dara de pencion inscribirme en modalidad 40

          Me puede asesorar por favor

          1. Buenas noches,

            Con gusto le asesoramos. Si desea obtener los mejores resultados, le sugerimos contratar la modalidad 40 con salario topado equivalente a 25 UMAs. Sin embargo, para conocer el impacto que tendrá su inversión, así como la temporalidad y el retorno de inversión, le sugerimos realizar nuestro estudio de pensión a fin de conocer año con año el impacto que tendría su inversión.
            Quedamos a sus órdenes en el 5522594780

            Saludos cordiales

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