Modalidad 40 – La guía definitiva para crear una estrategia de pensión exitosa

Modalidad 40 IMSS 2023

En este artículo, te mostraremos todo lo que necesitas saber para iniciar con modalidad 40 y concluirla con una pensión exitosa.

¿Qué es la Modalidad 40 IMSS?

La modalidad 40 o Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, es una alternativa de cotización ante el IMSS, en la que a través de un seguro voluntario, el trabajador cubre sus aportaciones patronales, ya sea con el mismo último salario registrado, o un salario superior de hasta 25 UMAs, vigentes al año de su ultima baja ($2,593.50 diarios para 2023), consiguiendo con una buena estrategia, incrementar sus condiciones de pensión.

En ella los trabajadores que se encuentran dados de baja como asalariados y hayan cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años pueden continuar sus cotizaciones aportando, durante 2023, el 11.166% del salario diario que decidan cotizar.  

¿ Como funciona la Modalidad 40?

En realidad, la aplicación de modalidad 40, obedece más a una buena estrategia apegada al caso en particular de cada trabajador, ya que de acuerdo a sus condiciones en particular, se establece la mejor temporalidad, inversión total y salario a registrar.

Al cubrir tus aportaciones voluntarias en modalidad 40 de forma mensual, estarás cubriendo solo los seguros de Retiro, Invalidez y Muerte, por lo que es importante destacar que el seguro de Guarderías y Servicio Médico, estarán fuera de cobertura, solo mientras estés vigente en esta modalidad, ya que al momento en que recibas la resolución de pensión, tu y tus beneficiarios estarán cubiertos al 100%.

La Modalidad 40 se utiliza principalmente para aumentar el salario promedio de las ultimas 250 semanas de los trabajadores, Sin embargo, es una gran herramienta para continuar cotizando al IMSS cuando se perdió el empleo y se requiere incrementar las semanas cotizadas.

¿Cuanto Cuesta la Modalidad 40?

La modalidad 40 a partir del año 2017, se calcula en UMA (Unidad de Medición y Actualización), estableciéndose con montos desde 1 salario minimo ($172.87 mxn) hasta 25 UMAs ($2,593.50 mxn) diarios para el 2023 y pagando solo durante 2023, el 11.166% del salario que se desee cotizar, ya que continuará incrementando la cuota año con año aproximadamente el 1.08% hasta llegar al 18.8% en 2030.

Ejemplo de pago Modalidad 40 en 2022:

10 UMAs = (103.74 x 10) = $1,027.30 diario x 11.166% = $114.71

Pago diario por cotizar 10 UMAs con modalidad 40 = $114.71

Pago Mensual 31 días $ 3,556.01

Pago Anual: $ 41,869.15

¿Cuanto Costará la Modalidad 40 en 2023?

A partir del 1 de enero de 2023  el costo de modalidad 40 sufrirá un incremento para todos los trabajadores que coticen con un salario diario superior a 4 UMAs y pasará del 10.075% al 11.166%, así mismo se irá incrementando gradualmente 1.09% anual hasta el 2030, llegando al 18.8% del salario diario que se decida cotizar.

Específicamente, la modificación al artículo 168 fracción II, inciso a), es la que fundamenta este incremento en las cuotas patronales de las que pasarán del 3.150% al 31 diciembre de 2022, al 11.875% a partir del 01 de enero de 2030. De acuerdo al artículo segundo transitorio, estos cambios se realizarán gradualmente, año con año, de la siguiente forma:

De 4.01 UMAs en Adelante ($385.84 pesos de cotización diaria en adelante):

  • 2023: 4.241%
  • 2024: 5.331%
  • 2025: 6.422%
  • 2026: 7.513%
  • 2027: 8.603%
  • 2028: 9.694%
  • 2029: 10.784%
  • 2030: 11.875%

Es importante destacar que los incrementos mencionados anteriormente, son los que aparecen estipulados en la modificación de la ley 97 en su articulo 168, publicado del 16 de diciembre de 2020, sin embargo solo representan el incremento al costo de las cuotas patronales ya que ellos solo impactan en una fracción del pago total de modalidad 40. ver más…

Nuevos porcentajes de costo de Modalidad 40

A continuación te enlistamos los incrementos en el costo de modalidad 40 por los siguientes 8 años:

Año/Costo Sobre Salario diario a Cotizar (Superior a 4 UMAs)

  • 2022= 10.075%
  • 2023= 11.166%
  • 2024= 12.256%
  • 2025= 13.347%
  • 2026= 14.438%
  • 2027= 15.528%
  • 2028= 16.619%
  • 2029= 17.709%
  • 2030= 18.8%

¿Como aumentará el pago de Modalidad 40 cotizando con 25 UMAs de 2022?

Para considerar este ejemplo, tomaremos el salario topado vigente en 2022 que es por la cantidad de $2,405.50, se considera en pago mensual con meses de 31 días:

  • 2022: $7,512.98
  • 2023: $8,326.54
  • 2024: $9,139.36
  • 2025: $9,952.92
  • 2026: $10,766.49
  • 2027: $11,579.31
  • 2028: $12,392.87
  • 2029: $13,205.69
  • 2030: $14,019.25

¿Como puedo darme de Alta en Modalidad 40?

La modalidad 40, tiene como virtud, que permite contratarla desde el día siguiente a la ultima baja (Dentro de los ultimos 5 años de la ultima cotización) o a partir de la fecha de solicitud. Así mismo, permite, realizar diversas modificaciones de salario (consultar artículo) para adaptarse a la estrategia en particular de cada futuro pensionado

Los pagos en Modalidad 40 se realizan directamente en una amplia red de bancos autorizados por el IMSS, con las respectivas líneas de captura emitidas por el Instituto mensualmente, siendo muy recomendable archivar con su respectiva fotocopia, todos los comprobantes de pago. Las fechas límite de pago son el día 17 de cada mes.

Puedes contratarla de las siguientes formas:

Pago retroactivo Modalidad 40 en una sola exhibición.

Esta opción aplica para los trabajadores que cuenten con menos de 5 años desde la última cotización de al menos 52 semanas continuas, por lo que el IMSS, calculará los recargos correspondientes más el saldo total que amerite el salario diario calculado en UMAs

Es importante destacar, que el salario diario en el que se decida contratar no deberá exceder el salario máximo vigente al año en que se decida cotizar, acorde a la siguiente tabla:

Histórico de Salarios Máximos del IMSS

Ejemplo de Pago Retroactivo de Modalidad 40

Cabe destacar que los pagos retroactivos por lo general tienen recargos que cobra el IMSS por pago extemporáneo, los cuales no están contemplados en la siguiente tabla, sin embargo el recargo general oscila en el 1.7% mensual considerando actualización y recargos.

A continuación te damos un ejemplo de un trabajador que se dió de baja el 15 de agosto de 2018 y desea realizar su pago retroactivo de modalidad 40 en salario topado el 15 de noviembre de 2022. 

  • Podrá contratar modalidad 40 a partir del día siguiente a su última baja, es decir el 16 de agosto de 2018 
  • A pesar de que se presente el 15 de noviembre de 2022, deberá realizar el pago de noviembre hasta el día 30
    • Habrán transcurrido 1567 días
    • El salario máximo a registrar será el tope de 2018, es decir, $2015.00 diarios.
  • El pago de modalidad 40 en una sola exhibición se estimará en $531,234.50

Para obtener el máximo beneficio del pago en retroactivo, recomendamos realizar nuestro estudio de pensión, ya que en él, no solo calculamos una cantidad muy aproximada al pago retroactivo, también calculamos el posible monto de pensión y las fechas claves de baja.

Es importante que en cuanto te decidas a realizar un pago retroactivo en modalidad 40, te bases en el salario máximo vigente desde tu ultima baja, para ello mas adelante te dejaremos las tablas de pagos desde el año 2018

Pago Subsecuente con corte mensual Modalidad 40

Este pago se contrata a partir de la fecha en la que el trabajador desee darse de alta en dicha modalidad siempre y cuando su última cotización haya sido por al menos 52 semanas en los últimos 5 años, por lo cual se estará realizando el pago mes con mes por el periodo y monto que tenga contemplado.

Para los trabajadores que se encuentren bajo esta situación, será muy importante calcular los posibles escenarios ya sea en subsecuente o en retroactivo o en una combinación de ambos a fin de detectar la mejor estrategia posible en cuanto a montos de pensión y de inversión.

Modificación de Salario Modalidad 40

Es importante destacar que la modificación de salario de modalidad 40 a través de la Subdelegación IMSS solo se puede realizar con el mismo ultimo salario o de forma ascendente, por lo que solo podrás realizarla incrementando el salario registrado y siempre que no haya transcurrido más de 1 año desde el ultimo pago.

Para tener derecho a la modificación de salario deberás realizar el siguiente procedimiento:

  • Dejar de pagar por tres meses a fin de que se concrete la baja por falta de pago
  • Acudir de nueva cuenta a la Subdelegación a recontratar modalidad 40 con el salario que decidas cotizar (Siempre que no supere el salario máximo permitido por el IMSS)
  • Realizar el pago en retroactivo desde el día siguiente de la última baja hasta la fecha de recontratación. (Máximo 1 año)

Ejemplo:

  • Ultimo Salario Cotizado con Modalidad 40 : $155.20
  • Fecha de último pago: 14/03/2021
  • Fecha de última baja: 31/03/2021
  • Salario diario a Recontratar: $2,240.50
  • Fecha de solicitud de recontratación: 15/09/2021
  • Días a cubrir vencidos al 30/09/2020: 182
  • Monto a cubrir de modalidad 40 sin recargos: $41,082.93

Una vez realizado este procedimiento, solo tendrás que pagar mensualmente tu cuota de modalidad 40 de acuerdo a la estrategia que tengas planteada. Ver mas…

¿Cuanto Recibiré de Pensión con Modalidad 40?

Para definir tu mejor estrategia te recomendamos el estudio que hemos creado para proyectar el impacto que tendría la aplicación de modalidad 40 sobre el monto de pensión mensual a recibir, en el cual especificamos montos de inversión, montos de pensión, amortización, conservación de derechos, año con año  e incluímos una asesoría telefónica con la finalidad de aclarar todas las dudas aplicables a tu caso en particular

En los casos en que ya te encuentres pagando modalidad 40 y estás planeando darte de baja, realizamos un estudio con fechas claves de baja para conocer el mejor momento en cual se aplicarían los redondeos establecidos en la ley, para así obtener el máximo rendimiento de la inversión realizada. Más información

Tabla de pagos Modalidad 40 para el 2022

El día 7 de enero de 2022, el INEGI, ha reportado el nuevo valor de UMA para el 2022, que entrará en vigor a partir del 1 de febrero de 2022, estableciendo los nuevos montos para la contratación de modalidad 40.

En la siguiente tabla, encontrarás el salario de cotización con el pago diario, el pago mensual en 28, 30 y 31 días de acuerdo a la cantidad de UMAs que decidas cotizar en Modalidad 40.

Tabla de pagos Modalidad 40 2021

El 7 de enero de 2021 el INEGI a través de un Comunicado de prensa estableció el valor de UMA para 2021 dando como resultado nuevos salarios máximos aplicables al IMSS  (Ver Comunicado Aquí) 

Tabla de pagos Modalidad 40 para el 2020

El 10 de enero de 2020, el INEGI,  publicó el nuevo valor del UMA que regira en territorio nacional para el 2020, estableciendo un monto de $86.88

Tabla de pagos Modalidad 40 para 2019

Recordemos que el pago de Modalidad 40 se calcula en UMAS (Unidades de Medicion y Actualización) por lo que se ha actualizado en este 2019 y el precio quedó en $84.49 mxn por cada uno, de tal forma que obteniendo el 10.075% del pago aplicable a modalidad 40, queda de la siguiente forma:

Tabla de Pagos Modalidad 40 2018

Tabla de pagos Modalidad 40 2017

¿Como saber si soy candidato a Modalidad 40?

Para ser candidato a contratar la modalidad 40, y obtener el máximo beneficio posible en tu pensión te recomendamos los siguiente:

  1. Pertenecer al régimen de la ley 73 del IMSS, habiendo comenzado a cotizar por primera vez antes del 1 de julio de 1997.
  2. Haber cotizado al menos 52 semanas en la ultima cotización y encontrarse dado de baja como asalariado.
  3. La última cotización reconocida en el IMSS no debe superar los 5 años de antigüedad
  4. El salario registrado puede ser igual o superior al que se tuvo registrado en el último periodo cotizado
  5. Contar con respaldo económico para realizar el pago mes con mes (Ya que al incumplimiento de pago por dos meses contínuos se procederá a la baja)

Requisitos para la Modalidad 40 del IMSS

Por lo general, cada subdelegación maneja requisitos de documentación distintos, sin embargo hemos creado una lista en la que coinciden todas las subdelegaciones, por lo que te recomendaríamos intentar cumplirla para evitar que te falte alguno de ellos.

Si eres candidato a la modalidad 40, deberás presentarte en la Subdelegación IMSS que te corresponde con los siguientes documentos en original y copia:

  1. Identificación Oficial vigente
  2. Acta de Nacimiento
  3. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses
  4. CURP
  5. Documento IMSS que contenga el NSS  (Carnet, Constancia de Semanas Cotizadas, Credencial ADIMSS)
  6. Escrito libre solicitando la contratación de Modalidad 40. El escrito libre deberá estar dirigido al Instituto Mexicano del Seguro Social, la Subdelegación que te corresponda, el departamento de Seguros Especiales y deberás especificar la cantidad de UMAs que deseas contratar, tu Nombre Completo, firma, NSS, CURP y domicilio.
  7. Comprobante de pago de la cuota obrero patronal (te darán línea de captura)

Una vez ingresados los documentos, te entregarán la(s) línea(s) de captura para realizar el pago en banco (Normalmente Banorte o HSBC)

¿Como contratar Modalidad 40 en línea?

Para contratar la modalidad 40 en línea deberás ingresar al siguiente portal:

  • https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home
  • Deberás ingresar tu CURP y Correo electrónico
  • Deberás seleccionar la opción de Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio
  • Confirmar tus datos personales
  • Ingresar el salario diario con el que deseas contratarla
  • Imprimir tu aviso de inscripción y línea de captura
  • Cada día 10 de mes, deberás ingresar a generar la nueva línea de captura

Debes considerar que la contratación de modalidad 40 en línea, solo se puede realizar de forma subsecuente, por lo que en caso de que tu estrategia de pensión requiera contratarla de forma retroactiva, deberás realizarla en la Subdelegación IMSS que te corresponda.

Motivos de Baja

  1. Por ingreso del trabajador a otro puesto de trabajo formal
  2. Por morosidad en los pagos con tres meses consecutivos.
  3. A solicitud por escrito del interesado hacia el instituto, solicitándolo directamente en la subdelegación en donde se haya realizado el alta.

¿Cómo darse de baja de Modalidad 40 para solicitar pensión?

A pesar de contar con diversas causas de baja en modalidad 40, la más común es la baja por solicitud expresa del trabajador ya que en un 90% de los casos, se contrata esta modalidad para incrementar el salario promedio que se tomará en consideración para la pensión.

Deberás presentar en la subdelegación en la que te inscribiste los siguientes documentos en original y copia:

  1. Identificación Oficial Vigente
  2. Todos los comprobantes de pago de modalidad 40
  3. Escrito Libre solicitando la baja que vaya dirigido al Instituto Mexicano del Seguro Social, a la Subdelegación, y a la Oficina de Vigencia de Derechos. En ella se deberá especificar la fecha que requiere de baja, motivo de baja, NSS, CURP, Numero telefónico y el Formato para pago de Cuotas Obrero Patronales, Aportaciones y Amortizaciones.

Es importante mencionar que lo mas recomendable para la baja en modalidad 40 es realizar una proyección del monto al que se tendría derecho, ya que dentro de los procedimientos para el calculo de pensión, se toman en consideración dos factores importantes que podrían hacer una diferencia de entre 300 y 4000 pesos mas de pensión.

Estos factores se refieren a la cuantía de incrementos y la edad, ya que como la ley del seguro social lo dice expresamente; para la cuantía de incrementos se regirán las siguientes reglas:

  1. Menos de 13 semanas excedentes, se redondeará al numero inferior de incrementos
  2. Mas de 13 semanas y menos de 26, se redondeará a .5 incremento
  3. Mas de 26 semanas y menos de 52 se redondeará a 1 incremento

Para el porcentaje de la Pensión por Cesantía en edad avanzada se considerará la siguiente regla:

Cuando el trabajador quede privado de trabajo remunerado cuando haya cumplido mas de 60 años y cuente con 6 meses y 1 día, se redondeará de la siguiente forma:

Usando la estrategia correcta, puedes obtener mayor beneficio de modalidad 40 y nosotros podemos ayudarte.

¿Es posible Cambiar el monto de cotización en Modalidad 40?

Así es. De acuerdo al artículo 65 párrafo tercero del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, se establece que «Para el caso de reingreso a la continuación voluntaria, previsto en el último párrafo del artículo 220 de la Ley del Seguro Social, el salario base de cotización será igual al que tenia registrado el asegurado al momento de la baja en la continuación voluntaria o un salario superior, sin exceder el limite máximo señalado en la ley, debiendo cubrir las cuotas correspondientes al periodo comprendido entre la fecha de baja y la de reingreso».

¿Me conviene Modalidad 40?

Esa es una pregunta que gran parte de los trabajadores que conocen de esta opción se preguntan. Y cada caso es tan específico y único que conviene hacer un estudio personalizado para conocer si realmente conviene.

A lo largo de nuestra experiencia en Modalidad 40 hemos tenido casos en los que el trabajador pagó mas de diez años en dicha modalidad con salario topado y le generó un gasto doble. También hemos tenido casos en los que el trabajador pagó los 5 años con salario topado y obtuvo una pensión que amortizaría la inversión en 130 meses. Por otra parte hay casos exitosos en los que al pagarla, pueden llegar a una pensión máxima en el IMSS o simplemente alcanzar una pensión decorosa.

En Pensionarse Mejor, contamos con un estudio detallado en el cual validamos los diferentes escenarios con los que podrías conocer el monto de pensión al que actualmente tienes derecho, así como las combinaciones de uno hasta cinco años con modalidad 40 (Más Información Aquí). Contáctanos y conoce mas al respecto.

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    125 comentarios en “Modalidad 40 – La guía definitiva para crear una estrategia de pensión exitosa”

    1. David Castillo Ramirez

      Tengo 1767 semanas cotizadas, salí del trabajar el 15 de enero 2024, tengo 55 años cumplidos, si me doy de alta a la modalidad 40 con el sueldo topado y después de 6, 8 meses vuelvo a trabajar, las semanas pagadas como mod. 40 se pierden o es posible pagar el ajuste o diferencia para seguir cubriendo el sueldo topado, es decir si gano 800 pesos diarios se pueden pagar los 1600 pesos y resto.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        En realidad no se pierden las semanas, solo que al volver a trabajar con un salario inferior, bajaría el salario promedio de sus ultimas 250 semanas y perjudicaría su estrategia de pensión. La modalidad 40, es una continuación voluntaria en el regimen obligatorio, por lo que no se podría complementar con más aportaciones adicionales, ya que uno de los requisitos para ingresar, es estar dado de baja del regimen obligatorio.
        Saludos cordiales

    2. Hola excelente trabajo que realiza usted gracias, renuncie voluntariamente a mi trabajo para entrar a la modalidad 40 cuando tenia 57 años, pienso pensionarme a los 60 años. Tendré algún problema por haber renunciado voluntariamente y si es así que me recomienda. Saludos

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches

        En la práctica, es muy poco probable que tenga problemas, sin embargo, ya existe una jurisprudencia, que indica la nulidad de la pensión por cesantía, cuando la baja fue voluntaria. Esto con el criterio, de que no hay privación al trabajo remunerado.

        Saludos cordiales

    3. Gabriel López Ojeda

      Cuanto tiempo tarda el IMSS en actualizar las semanas cotizadas.
      Pagué modalidad 40 retroactivo 25 meses.
      Realicé el pago hace 2 meses y aún no actualizan el sistema.
      Cumplí 60 años y no puedo darme de baja del IMSS porque aún no se actualizan las semanas cotizadas.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Por lo general demoran entre 5 y 15 días hábiles. Le sugerimos acudir a la subdelegación al área de cobranza, para confirmar que se haya aplicado correctamente su pago.

        Saludos cordiales

    4. Saul Avitia Estrada

      Tengo 59.5 años, actualmente cotizando. Mi duda es si, al darme de baja en mi empleo, puedo pagar retroactivo modalidad 40 por la DIFERIECIA entre mi sueldo actual y el topado para mejorar el monto de pensión o si el retroactivo se paga por el costo total (Sin considerar mi salario actual). La idea es retirarme a los 60 años + un mes + un dia o + dos meses. Cumplo años en julio.

      Saludos y gracias

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Eso no es posible. Solo podrá contratar desde el día siguiente a su ultima baja con el salario que usted decida cotizar.

        Saludos coridales

    5. Buenos días el estudio que realizan es de manera presencial, en línea o solo con enviar mis datos me hacen la mejor sugerencia?
      Y cual es la diferencia entre los tres estudios, para saber cual es el más conveniente a contratar?.
      Gracias

      1. Buenas tardes,
        El estudio es virtual, con opción a asesoría telefonica o presencial en la Ciudad de México.
        Según su caso en particular, calculamos el impacto que tendría la aplicación de modalidad 40 en sus condiciones de pensión, con las mejores estrategias aplicables. En la asesoría analizamos los resultados, y aclaramos las dudas al respecto.
        En el estudio básico, las mejores opciones aplicables con modalidad 40, mientras que en el estudio especializado, aplican las proyecciones de modalidad 40, más posible reintegro y/o recuperación de semanas. (Esto se realiza para conocer el impacto económico que tendría en la pensión cada procedimiento)
        El estudio de portabilidad, solo aplica para trabajadores que hayan cotizado en ISSSTE bajo el régimen de Cuentas Individuales, así como en IMSS bajo la ley 73, ya que el objetivo de ese estudio es el determinar si conviene o no la portabilidad ya que al realizarla se ceden los recursos de aforé a IMSS.
        Saludos cordiales

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos días,
        Contamos con tres tipos de estudios, dependiendo la situación en particular de cada trabajador.
        Estudio Básico $599
        Estudio Especializado $899
        Estudio Portabilidad $1399

        Si así lo desea, puede contactarnos al 5522594780 y le informamos con mayor detalle, las especificaciones de cada tipo de estudio.

        Saludos cordiales

    6. Hola! El 14 de diciembre de 2023 cumplo 250 semanas de aportaciones a la modalidad 40 , pero mi cumpleaños 61 es en febrero de 2024. Puedo dejar de aportar en diciembre y pedir la pensión en enero ¿y ya me cuenta con el 80%? o ¿debo seguir aportando y solicitar la pensión una vez cumplidos los 61? Las semanas cotizadas que tendré a diciembre son 2140. Otra pregunta: ¿el cálculo de pensión es sobre SBC promedio de las últimas 250 semanas? o solo sobre el último SBC?

      1. Pensionarse Mejor

        Hola,

        Se considera la edad al momento de la última baja.
        Se considera el salario promedio de las últimas 250 semanas.

        Le sugerimos realizar un estudio de pensión a fin de conocer cuál es su fecha clave de baja.

        Saludos cordiales

        1. Buenas tardes espero puedan apoyarme con mi duda,
          Cuando contrate modalidad 40, tenia 57 años y mi panorama era pensionarme a los 62 años… pero si deseo llegar a los 65 años y pensionarme a esa edad, ¿habra problema de llevar aproximadamente 8 años pagando la modalidad 40?, ya que entiendo que uno de los requisitos para pensionarse es haber dejado de cotizar en el regimen obligatorio (patrón) y no haber pasado más de 5 años de esa baja del regimen obligatorio.
          ¿Mi pregunta es porque si llevara los 8 años de regimen voluntario ya habre perdido el derecho? Cuando se supone que en la modalidad 40 sigo acumulando semanas, entiendo que se siguen sumando y por lo tanto seguiria aumento mi periodo de conservación de derechos.
          ¿SI tendria problemas de que el IMSS me diga que llevo más de 5 años de mi baja laboral regimen obligatorio, aún cuando estoy en mod 40?
          Muchas gracias, y disculpe

          1. Pensionarse Mejor

            Buenas tardes,
            En realidad no tendría ningun problema respecto al derecho a la pensión. No existe norma o artículo que limite la temporalidad de cotización bajo la continuación voluntaria en el regimen obligatorio (Modalidad 40).
            El punto importante a destacar, sería la rentabildiad de dicha inversión, ya que debe considerar lo que estaría desembolsando, más lo que dejaría de percibir y la suma total, dividirla entre el incremento real de la pensión. Eso le dará el total de meses en que se amortizaría su inversión y en base a ello, determinará si económicamente es rentable o no.
            Si requiere un estudio con información precisa de esa variable, le recomendaría nuestro estudio de pensión a fin de determinar si es o no rentable esa estrategia.
            Puede contactarnos al 5522594780

            Saludos cordiales

    7. FERNANDO MEZA TORRES

      ESTOY EN LA MODALIDAD 40 Y DEJE DE PAGAR POR 5 MESES Y NO ME HAN DADO DE BAJA PARA PODER SEGUIR CON LA MODALIDAD 40 CON UNA APORTACION MAS ELEVADA QUE DEBO HACER PARA PODER SEGUIR ADELANTE CON LA MODALIDAD 40

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Vaya al área de cobranza para que procedan con la baja. Esto sin firmar ninguna solicitud ya que debe proceder la baja por falta de pago.

        Algunas subdelegaciones se atrasan a fin de que transcurra más de un año y pierdan el derecho a recontratar.

        En caso de que no la tramiten, puede recurrir a la secretaría de la función pública.

        Saludos cordiales

    8. Para el porcentaje en el cual me voy a jubilar toman en cuenta la edad o el tiempo en el cual estoy inscrito en modalidad 40? Me entra la duda porque si no me daría de baja y me espero a cumplir los 64 años duro 1 año con seguro y a los 65 años me jubilaría con el 100% no?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Con la situación que plantea, solamente tendría derecho a recibir la pensión en retroactivo desde el día siguiente a su ultima baja, es decir, su pensión se calcularía a los 64 años.

        Le recomendamos realizar nuestro estudio de pensión, para que defina el mejor momento de solicitarla, en base a sus propias fechas clave.

        Saludos cordiales

    9. Buenas noches si empecé con modalidad a los 55 años 5 meses cumplidos y en junio de este años cumplo 60 me pudo esperar hasta enero del 2023 y me lo toman como el 80% ósea 60 años 6 meses 1 día?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Debe estar muy pendiente de que al momento de solicitar la baja de modalidad 40, se hayan cumplido los 60 años, 6 meses y 1 día. Por lo general es a mes vencido.

        En algunos casos existe una fecha clave, en la que empata el redondeo por cuantía de incrementos y porcentaje de edad. Para conocer su periodo óptimo, o su fecha clave de baja le recomendamos realizar nuestro estudio de pensión. En él, calcularíamos las condiciones actuales, a los 60 años, 60 años 6 meses y un día (o fecha a fin de mes) y la fecha clave en caso de que aplique.

        Quedamos a sus órdenes

        Saludos cordiales

    10. Buenas tardes

      yo trabaje por dos días en noviembre de 1996 y me dieron de alta en IMSS por esos dos días, después comencé a trabajar formalmente en el 1998, me tendré que pensionar por que ley, la del 93 o la del 97?

      Saludos
      Gracias de antemano.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Verifique y confirme que esas cotizaciones se vean reflejadas en su constancia de semanas cotizadas. Si es así, tiene derecho a la ley 73.

        Saludos cordiales

    11. Hola,
      Estuve en USA por 20 años. Siendo que no tenía Seguro Social, trabajé aportando mis impuestos y cuotas al SS USA por medio de un ITIN.
      Entiendo que acumule cuotas al SS de USA que puedo usar para mi pensión del IMSS en México, es correcto? Siendo o no así, que me recomienda?
      Me ayudaría mucho salir de esta duda y le agradezco de antemano.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Lamentablemente el IMSS no cuenta con convenio de portabilidad con Estados Unidos de America. Solo con Canadá y España.

        Saludos cordiales

    12. Buenas noches, pertenezco a la ley 73, en marzo del 2017 la empresa para la que trabaje 20 años me dio de baja , de agosto a diciembre de ese mismo año (2017) cotice nuevamente, es ahora posible contratar modalidad 40 ? La leyes de esa modalidad lo permiten en mi caso ?
      Esperando su respuesta, les anticipo las gracias.

    13. Buenas tardes,

      Con modalidad 40, los hijos con ua discapacidad especial(autismo) se benefician de dicha pension en su momento?

      Gracias!! Saludos.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,

        En realidad, la aplicación de modalidad 40, se enfoca más en incrementar cotizaciones y salario promedio, así como la conservación de derechos.

        En la resolución de pensión está contemplado un beneficio del 10% por concepto de asignaciones familiares, para aquellos hijos que cuenten con una discapacidad permanente o mientras subsista la misma.

        Saludos cordiales

    14. Buenas tardes.
      Yo trabajé hasta 2017 cotizando para el IMSS 1150 semanas. En enero de 2018 hice solo una aportación para modalidad 40.
      en el 2020 comencé a cotizar pero para el ISSSTEP.
      Para no perder mi pensión con el IMSS, ¿se puede reactivar la modalidad 40? ¿Qué opción debería tomar?
      Saludos cordiales

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        Debe cotizar nuevamente 1 año al IMSS como asalariado para tener derecho nuevamente a contratar modalidad 40

        Saludos cordiales

    15. Buenas tardes.
      trabajé hasta el 28 de febrero de 2017 cotizando en el IMSS 1150 semanas. En enero de 2018 hice una aportación en la modalidad 40, pero por cuestiones económicas ya no seguí aportando. Solo fue ese mes.
      Posteriormente en el 2021 comencé a laborar pero, cotizando en el ISSSTEP.
      Hoy en el 2022 Tengo 55 años de edad y quiero ver si puedo retomar el seguir aportando en modalidad 40
      o cuál sería una buena opción para comenzar a ver lo de mi pensión.
      Saludos cordiales.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos días,

        Para contratar modalidad 40 nuevamente, debe cotizar al menos 1 año como asalariado ante el IMSS.

        Saludos cordiales

      2. Hola José Luis, por lo que he estado leyendo en la pagina de pensionarse mejor, entiendo que tienes 5 años como vigencia de derechos después de que te dieron de baja con un patrón, ahora si como dices el 28 de febrero del 2017 te dieron de baja eso significa que tienes aproximadamente 1 mes y días para cumplir los 5 años, así que yo te recomiendo que acudas lo mas pronto posible a tu unidad medica familiar del IMSS en donde en su momento te estuvieron atendiendo ya que ahí debe de haber un área administrativa para que te informen y te hagan tu tramite e inscribirte a mod.40 antes de que se cumplan los 5 años, y ve preparado con todos tus documentos mismos que aquí mismo en la pagina te proporcionan, inténtalo no hay peor lucha que la que no se hace, te deseo mucha suerte.

        1. Pensionarse Mejor

          Como comentario complementario,

          La modalidad 40 se puede contratar en línea (solo pago subsecuente) http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02007 o en la subdelegación del IMSS que corresponda. Deberá identificar, si es conveniente, pagar el mínimo posible en retroactivo, el salario topado o el pago subsecuente a fin de considerar la mejor alternativa.

          Saludos cordiales

    16. Ariel Palacios Cruz

      buenas tardes, actualmente estoy activo como trabajador y cotizo al imss, del 1 de diciembre del año 2010 al 15 de abril del 2011, cotice imss y luego cause baja, me reincorpore el 1 de abril del 2016 a la fecha, mi constancia de semanas cotizadas es de 320 semanas, tengo 58 años, pregunta ¿tengo que cumplir al menos 750 semanas para poder pensionarme y con que porcentaje?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Considere que 750 semanas cotizadas es a partir de 2021 y se irán incrementando paulatinamente de 25 en 25 cada año. Por lo que lo más probable es que deba acumular 1000 semanas para tener derecho a la pensión y alcanzar una pensión garantizada.

        Saludos cordiales

    17. Roberto Muñoz Montes

      Buenas tardes.

      tengo 54 años de edad, cuento con mas de 1400 semanas cotizadas y deseo comenzar a preparar mi retiro a los 60 años de la mejor forma posible por lo que les dejo mis datos para solicitar información oportuna así alcanzar el mayor monto posible que me permita llevar una vida lo mas tranquila posible.

      Gracias.

    18. Cumpli 60 años en Julio de este año, me inscribi en 2016 a la modalidad 40, tenia 2 años de haber dejado de
      otizar en un trabajo , el mes que entra termino mi talon de pagos por 5 años, en un docto de semanas cotizadas que del imss me dice que la vigencia de derechos termino en agosto de este año, pero segun la modalidad 40 tengo derecho a solicitar la pension, tendre algun problema al solicitarla ?

      1. Buenas tardes,

        La vigencia de derechos se enfoca al servicio médico, y muy probablemente si cotizó solo con modalidad 40, la perdió desde hace varios años.

        La conservación de derechos (La que le protege en el seguro de retiro, invalidez y muerte) equivale al 25% del total de semanas cotizadas y se considerará a partir del ultimo día de cotización.

        Podemos asesorarle sobre el mejor momento para realizar su baja de modalidad 40 con nuestro estudio de pensión.

        Quedamos a sus órdenes en el 5522594780

        Saludos cordiales

    19. Despues de 24 años, en el 2020 reactive las 232 semanas, al contratarme con patrón por espacio de año y medio (82 semanas), inmendiatamente a mi baja julio 2021 ingrese a modalidad 40 Topado durante 7 meses (28 semanas) interrumpiendo mis pagos debido a los riesgos de vida por la pandemia de Covid 19.
      Hasta cuando podría reingresar en modalidad 40 pagando retroactivo topado sin perder la conservación de derechos o tener que reactivarme con patron, si pretendo pensión a los 60 teniendo hoy 57.3 años. Saludos

      1. Buenas tardes, para recontratar modalidad 40, solo podrá hacerlo como máximo en un plazo de doce meses a partir de su ultima baja. De lo contrario, tendrá que cotizar con patrón al menos 52 semanas nuevamente.
        Le sugerimos encarecidamente realizar nuestro estudio de pensión a fin de definir la mejor estrategia aplicable a su caso en particular.

        Saludos cordiales

    20. Buenas noches,, tengo 58 años, cumplo los 60 en agosto 2023 y quiero saber si a los 59 años 6 meses y un día ya puedo tramitar la pensión de los 60 años,,, y que me conviene mejor para pensionarme

      gracias

      1. Buenas tardes,

        La edad mínima para pensionarse en el IMSS, es de 60 años. A partir de esa edad, cada 6 meses que excedan el año cuplido, se contemplará como un año completo para temas de porcentaje. Para definir con precisión cual es su mejor estrategia de pensión, le sugerimos realizar nuestro estudio de pensión.

        Saludos cordiales

    21. Adan Gallardo Galindo

      Hola buen dia, tengo 49 anos, actualmente estoy activo en el IMSS, tengo 1414 semana cotizadas, puedo adquirir la modalidad 40?

      gracias y saludos

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,

        Es correcto, si cotizo al menos 52 semanas en los últimos 5 años, le es posible. Quizás le sugerimos realizar un estudio de pensión para plantear y cuantificar su mejor estrategia a fin de optimizar al máximo su inversión y rentabilidad con la misma
        Saludos cordiales

      2. francisco santamaria cruz

        adan para poder solicitar modalidad 40 tienes que estar dado de baja en el imss se llama continuacion voluntaria del regimen obligatorio por eso se llama continuaion precisamente porque tienes que estar dado de baja hasta por un periodo de 5 años
        si cotizaste los ultimos 5 años al menos 52 semanas o un año eres elegible para la modalidad 40 estando activo no

    22. Estoy por cumplir 55 años y deseo llegar al tope de pensión, sigo trabajando estoy cotizando actualmente con un salario integrado de 836.00 el trabajo es estable por lo que me gustaría seguir cotizando (por las prestaciones), pero también me interesa planear que a los 60 o 61 años pueda yo pensionarme llegando al tope….mi duda es me conviene optar por la modalidad 40 o pagar la diferencia de 5 años para llegar al tope de salario para la pensión antes de que tenga que pensionarme actualmente tengo 1,812 cotizaciones, o en que momento de ser posible puedo optar por pagar la diferencia?…….y otra duda es si con el sueldo que actualmente tengo soy candidato a optar por llegar al tope de la modalidad 40 o tengo que subirlo antes?.

      1. Buenas tardes,
        Un factor importante para determinar la aplicación de modalidad 40, es estar dado de baja como asalariado y haber cotizado al menos 52 semanas en los ultimos 5 años. Así mismo es importante destacar que puede cotizar con el mismo ultimo salario o un salario superior. Por lo que si usted está cotizando actualmente, no puede contratar modalidad 40 hasta que no proceda una baja como asalariado.
        Le sugerimos realizar un estudio de pensión, a fin de determinar como operaría la aplicación de seguir cotizando con su actual empresa o con la aplicación de modalidad 40 y en base a ello determinar su mejor estrategia en particular.

        Saludos cordiales

    23. Buenos días te unas preguntas ojala y me puedan ayudar yo cause baja el ultimo día de agosto del 2020 y entre en la modalidad 40 en Noviembre del mismo año con salario topado tengo en este momento 58 años 6 meses y solo quiero pagar dos años, quiero saber de cuanto seria mi pensión y saber y para abril del 2023 que cumplo los 60 años debo de pagar esos 4 meses o con esos dos años pagados esta bien ?

      de antemano gracias por su atencion

      Saludos,

      1. Buenas tardes,

        No existe algun periodo mínimo u obligatorio en la contratación de modalidad 40, ya que los motivos de baja establecidos en la ley están enfocados a los siguiente:

        Baja por falta de Pago
        Baja por solicitud expresa del trabajador
        Baja por Reingresar al Régimen Obligatorio como Asalariado.

        En el estudio de pensión que realizamos, podemos determinar con precisión, la fecha clave de baja en donde se determina el periodo en donde alcanza redondeo la cuantía de incrementos. Esto con la finalidad de alcanzar el máximo rendimiento posible a su inversión en modalidad 40.

        Saludos cordiales

    24. Estimado buenas tardes, deseo preguntarle algo, he venido cotizando regularmente desde hace varios años, cuento con 1900 semanas, cumpliré 60 en noviembre de 2021, deseo saber ¿cuánto tiempo tendría que estar dentro de la mod. 40 y a partir de cuando es más conveniente para mí ingresar? deseo conocer diferentes escenarios para que me recomienden la mejor alternativa, también deseo conocer el costo de sus servicios. Agradezco su atención, saludos.

      1. Buenas tardes sr. Olvera,
        En realidad esas preguntas las respondemos al realizar un estudio de pensión. El cual puede ser básico de $499 mxn o especializado de $749 mxn.
        Quedamos a sus órdenes en el 5522594780
        Saludos cordiales

    25. Tengo una duda en este punto:

      Estos factores se refieren a la cuantía de incrementos y la edad, ya que como la ley del seguro social lo dice expresamente; para la cuantía de incrementos se regirán las siguientes reglas:

      Menos de 13 semanas excedentes, se redondeará al numero inferior de incrementos
      Mas de 13 semanas y menos de 26, se redondeará a .5 incremento
      Mas de 26 semanas y menos de 52 se redondeará a 1 incremento

      Yo empecé a pagar modalidad 40 el 10 de Abril del 2020, hasta la fecha sigo pagando y deseo meter mi solicitud de pensión en Noviembre del 2021, mi duda es como toma el total de las semanas de modalidad 40?, para esta fecha tendré 62 años y 1 mes, no deseo esperar mas para pensionarme

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes sr. Linares,
        Es un cálculo único para cada trabajador. Le sugerimos realizar el estudio básico o especializado con fechas claves de baja a fin de determinar su mejor momento de baja. Regalenos una llamada al 5522594780 saludos cordiales

    26. BUENAS TARDES TENGO 57 AÑOS TENGO QUE TENER LOS 60 CUMPLIDOS PARA EMPEZAR CON MODALIDAD 40?
      CUANTO COBRAN USTEDES POR LA ORIENTACION O SERVICIO DE AYUDARME A MEJORAR MI PENSION?

      CUANTO SE PAGARIA POR AÑO CON 12 UMAS

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, no hay mínimo ni máximo de edad para contratar modalidad 40.
        Contamos con estudios desde $499 mxn. en donde calculamos su pensión con los UMAs que considere cotizar, validando inversión anual, así como monto de pensión, amortización etc. El cual incluye una asesoría telefónica postestudio.
        Quedamos a sus órdenes.

    27. Buenas tardes. Si estoy dado de baja desde junio de este año 2021, tengo 58 años y quiero contratar modalida 40, pero hasta dentro de 4 años, pagando este retroactivo al tope de 25 veces salario minimo. Conqué salario me hará el calculo el IMSS ?, con la tabla del 2021 o la del año 2025. GRacias

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Será con el salario de 2240.50 diarios.
        Le sugerimos realizar un estudio de pensión a fin de determinar el impacto que tendría en esa, u otras estrategias aplicables.
        Saludos cordiales

    28. Hola

      Tengo un problema se me paso el pago de la modalidad 40 por 1 día que es lo que pasa cuando me atraso?
      puedo pagar normalmente o tengo que hacer un tramite extra?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,
        Así es. Nuestros estudios de pensión están enfocados en proyectar las mejores alternativas aplicables en cada caso en particular.
        Saludos cordiales

    29. Buenas tardes:

      Una pregunta,
      si cause baja en nov del 2015,para 2021 ya va para 6 años, pero aun estoy vigente en mi conservación de derechos, aun puedo inscribirme en modalidad 40?

      1. Pensionarse Mejor

        Hola buenas noches,
        Lamentablemente ya no le sería posible contratar modalidad 40 debido a que el tiempo máximo son 5 años.
        Saludos cordiales

    30. Francisco Hernández

      Saludos.
      Tengo una pregunta, ya que deje de cotizar al IMSSS en Junio del 2016 (exactamente 5 años) tengo 53 años, y el IMSS no me ha dado incapacidad durante este tiempo, ya n puedo trabajar por diversas cirugias y padecimientos. ¿Esta modalidad me puede ayudar?
      Inicie a cotizar en 1992, tengo 970 semanas cotizadas y aún me llegan los estados de cuenta de mi Afore.
      ¿Que me recomienda hacer, ya que aun me faltan 7 años para lapensión y deseo que esta pensión no sea tan baja?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,
        El periodo máximo para contratar modalidad 40 es 5 años desde la última baja.
        Le invitamos a realizar un estudio de pensión a fin de validar la mejor estrategia aplicable a su caso en particular.
        Quedamos a sus órdenes
        Saludos cordiales

    31. CELESTINO HDZ GAONA

      SI SE ME PASO PAGAR MI PRIMER PAGO DE MODALIDAD 40 YA QUE LA FECHA LA PUSIERON
      EL MISMO DIA COMO LE HARIA PARA GENERAR OTRA LINEA DE CAPTURA DE M 40

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Debe acudir de nuevo a realizar la contratación en subdelegación ya que con la falta de pago no se concretó el trámite.
        Saludos cordiales

    32. BUENOS DIAS TENGO 52 AÑOS, CON 1540 SEMANAS COTIZADAS, TENGO MAS DE 52 SEMANAS COTIZADAS EN LOS ULTIMOS 5 AÑOS,
      ACABO DE SER DADO DE BAJA, ME CONVIENE ESPERAR HASTA 3 AÑOS MAS PARA DARME DE ALTA EN MODALIDAD 40, CREO QUE CON ELLO, ESTARIA CUMPLIENDO CON REQUISITOS, SIN GASTAR DE MAS, QUE OPINA_

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,
        La opinión más sincera que le podemos otorgar, sería realizar un estudio de pensión en dónde calculamos las diversas estrategias aplicables a su caso en particular y de esa forma definir la mejor, en cuanto a inversión e incremento de pensión.
        El sugerir o afirmar algo sin el análisis correcto de su caso, sería irresponsable.
        Saludos cordiales

    33. ARACELI MUNGUIA ZAMORA

      Buenas tardes:

      Empecé la modalidad 40 en octubre de 2020, tengo 59 años. Pero ahora me surgió una duda con respecto a que en caso de fallecer antes de terminar el plazo de la modalidad 40, que pasa con lo que he aportado.

      Tengo dos hijas que son madres solteras, ellas pueden ser mis beneficiarias.??

      Por su atención, gracias.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,
        La ley marca como beneficiarios a cónyuge, con el 90%. A hijos menores a 25 años, solteros y estudiando en el sistema educativo nacional con el 10% y en caso de no existir ninguno de ellos, sería para padres con el 10%.
        Los porcentajes de pensión son acordes a lo que le correspondiera de pensión en caso de Cesantía.
        El dinero aportado, no lo devuelve el IMSS.
        Saludos cordiales

    34. Hola, mis trabajos en los últimos 5 años son en una empresa del 7 de mayo del 2018 al 23 de diciembre del 2019 (19 meses continuos (82 semanas)) y después en otra empresa del 22 de septiembre del 2020 hasta la fecha estoy vigente, tengo cotizadas en el seguro 585 semanas, pienso darme de baja a finales de julio de este año del ultimo empleo que tengo para registrarme en la modalidad 40 (cumpliría 10 meses en ese empleo), son validas las semanas cotizadas que tengo para el requisito que pide esta modalidad?, es decir no importa que mi ultimo empleo solo tenga 43 semanas cotizadas continuamente, o tengo que esperarme hasta septiembre del 2021 para cotizar las 52 semanas continuas en el ultimo empleo? Nota: cumplo 55 años el 11 de julio del 2021

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,

        En realidad toman la sumatoria de 52 semanas en los últimos 5 años. Como ejemplo, aplicaría que haya cotizado 12 semanas en una empresa, 30 en otra y 10 al final (Siempre que sumen al menos 52 cotizaciones en los últimos 5 años)
        Le sugerimos realizar un estudio de pensión para definir la mejor estrategia aplicable a su caso en particular ya que eso le permitirá conocer un aproximado de inversión en modalidad 40 y compararlo con los posibles montos de pensión.
        Quedamos a sus órdenes.
        Reciba un cordial saludo

    35. Alejandro Perez

      Hola Buenas Noches,.

      Mi pregunta es: Yo deje de cotizar en Junio 1998 , tengo 712 semanas cotizadas en el IMSS, Podria calificar para la modalidad 40 tengo 57 anos.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenaos días,
        Para tener derecho a contratar modalidad 40 debe haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, por lo que debe cotizar al menos 1 año para tener derecho a contratarla.
        Saludos cordiales

    36. Tengo 64 años, estoy muy interesada en contratar la modalidad 40, pero necesito una asesoría a quien puedo acudir, ya que en las delegaciones nadie sabe dar información . Gracias

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes,
        Nosotros contamos con estudios de pensión en los que proyectamos la aplicación de modalidad 40, partiendo de las condiciones actuales. Esto permite verificar con antelación el impacto que recibiría en el monto de pensión, así como el monto de inversión y amortización de la misma.
        Regálenos una llamada al 5522594780 o contáctenos por email a contacto@pensionarsemejor.com.mx
        Saludos cordiales

    37. Victor Horacio Martínez Hernández

      Buenas noches.
      Tengo 55 años e Inicie a cotizar al IMSS en el año de 1984 después cotice al ISSSTE hasta el año de 1997, luego reinicie a cotizar al IMSS en 1998 pero me asignaron otro NSS y quiero entrar a modalidad 40. Estoy desempleado desde abril de 2020.
      Que posibilidades hay de entrar a modalidad 40 y que tan factible es.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, si cumple el requisito de haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años en el IMSS, tiene derecho a contratar modalidad 40. Para conocer el impacto económico que tendría le sugerimos realizar un estudio de pensión para ayudarle a definir la mejor estrategia posible.
        Saludos cordiales

    38. tengo trabajo y 64 años de edad, puedo renunciar e inscribirme en modalidad 40, ya que escucho que si puedo renunciar hasta los 59 y once meses, pero ya pasando de los 60, tiene que ser renuncia involuntaria, ( despido, incapacidad por enfermedad o riesgo de trabajo, etc.) que hay de cierto en esto, le agradecería la aclaración, muchas gracias y saludos.

      1. Buenos días,
        No existe ningún fundamento legal al respecto del tipo de baja. Simplemente es encontrarse dado de baja del régimen obligatorio y haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
        Saludos cordiales

    39. Buenas tardes
      tengo 57 años cotice 620 semanas en el imss, hace 10 años no cotizo al imss, y quiero pensionarme con modalidad 40 que debe hacer?

    40. Buenas noches… tengo 54 años el 1 de marzo cumpliré 55… mi baja en el seguro social con patrón fue el 16 de agosto del 2016, coticé año y medio esa última vez, tengo 805 semanas cotizadas, segun la informacion de ustedes tengo derecho a usar la modalidad 40, pero alguien me comentó que podía pagar retroactivo esos 4 años y medio que tengo sin cotizar y asi aumentar mis semanas cotizadas pues esto ayudaria a mi pensión, el detalle es que el último sueldo que tuve fué practicamente el mínimo, me dicen que despues de pagar retroactivo pague unos 2 o 3 meses con ese mismo sueldo, y que despues deje de pagar 2 meses, que posteriormente me presente a reactivar la modalidad 40 y ahi sí suba el monto a pagar si se puede hasta el tope, mi duda es si sí es posible subir el monto en ese caso…

      Gracias de antemano

    41. Buenas tardes. Si dejé de cotizar hace un año y me doy de alta en la modalidad 40 pagando retroactivamente y con el tiempo me contrata un patrón, entiendo que en automático se pierde la modalidad 40, pero mi pregunta es ¿qué pasa si me vuelvo a quedar sin empleo, puedo volver a contratar la modalidad 40? o solamente se puede una sola vez.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas noches,
        Puede contratarla siempre que cumpla los requisitos. Estar dado de baja del régimen obligatorio, haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años y cubrir el pago respectivo de las aportaciones del Seguro de invalidez, retiro y muerte.
        Recuerde que el mismo nombre legal lo dice: Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
        Saludos cordiales

    42. José Antonio Fernández García

      Buenas tardes
      tengo 65 años, me dieron de baja hace 2 años, a los 63, por lo que para jubilarme me corresponde el 95 % de pensión.
      La pregunta es: si pago por modalidad 40 los dos años que estuve sin cotizar, podría jubilarme con el 100% de pensión?
      si es así cual sería el monto aproximado de mi pensión si mi salario base de cotización es de $1,249.00 y tengo 648 semanas cotizadas

      1. Buenas noches sr. Fernández,
        A los 63 años corresponde el 90% .
        Le invitamos a realizar un estudio de pensión a fin de conocer las mejores alternativas que tendría así como posibles montos de pensión y de inversión en modalidad 40. Contamos con estudios desde $399 mxn
        Saludos cordiales

    43. Bernardo Juan Villanueva López

      Hola, tengo 57 años (20 abril 63), mi ultima baja del imss fue el 27 Abril 2018 con una continuidad hacia atrás de más de 9 años; mi último salario registrado en imss fue de $27,393 y tengo 1,484 semanas cotizadas.
      Quiero inscribirme a la modalidad 40 con un sueldo topado y recuperar las semanas hacia atrás.
      De acuerdo a lo explicado por ustedes, tendría hasta el 26 de Abril de 2022 para inscribirme a la mod 40, es así. o hasta que fecha tendría para poder inscribirme?
      El 42% que mencionan de recargos sería anual en los pagos de cada año respectivo?
      Me interesaría el ‘Estudio de Pensión’, podrian enviarme mayor información por favor.

      1. Buenas noches sr. Villanueva. Para la inscripción en modalidad 40 deben ser menos de 5 años, por lo que la fecha es correcta. En el estudio convendría realizarlo con dos vertientes, un pago en retroactivo con el mismo último salario más recontratación con salario topado y pago retroactivo con salario topado de 2018, a fin de encontrar la fórmula en que obtenga el mejor beneficio posible al menor costo. Regálenos un correo a contacto@pensionarsemejor.com.mx para enviarle información detallada sobre nuestros paquetes de cálculo.
        Saludos cordiales

    44. Buenas tardes, tengo 60 años y cotizé al IMSS y al ISSSTE, pero viendo los comentarios ud dice que para la portabilidad IMSS-ISSSTE debo cotizar un año minimo al ISSSTE, bien puedo estar cotizando a ésta Institución y pagar mi modalidad 40 al mismo tiempo? para yo poder hacer dicha portabilidad, ya que yo coticé al ISSSTE de 1979 a 1985 quizá hasta 1989 y posteriormente en 2001 a 2002, últimamente solo 2 meses en este año 2020, yo cumplo con mis semanas cotizadas ante el IMSS y quiero pagar la modalidad 40, pero mi último empleo fue en INEGI.

      Gracias por su atención

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, para la portabilidad Issste IMSS el último patrón debe ser en IMSS. De igual manera debe de solicitar la elección de régimen para pertenecer a cuentas individuales.
        Podemos realizar un estudio para conocer el impacto de pensión y la mejor estrategia a seguir.
        En el siguiente link, podrá conocer más a detalle sobre la portabilidad, así como descargar los anexos técnicos de dicho procedimiento.
        https://www.google.com/amp/s/www.pensionarsemejor.com.mx/pensiones-imss/portabilidad-issste-imss-transferencia-de-derechos/

    45. Estuve trabajando muchos años para varias empresas, y ahora estoy trabajando actualmente de manera independiente en régimen Régimen de Incorporación Fiscal, puedo adherirme y darme de alta en el IMSS y serviría para mi pensión? o tendría que ser por medio de la modalidad 40?

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, si cotizó al menos 52 semanas en los últimos 5 años, aplicaría modalidad 40, en caso contrario modalidad 44.
        Si usted gusta podemos realizar un estudio de pension a fin de proyectar la mejor estrategia posible.
        Quedamos a sus órdenes.

    46. Buenas tardes, actualmente estoy cotizando en una empresa, siendo mi fecha de ingreso en Agosto de 2012, y he tenido dos modificaciones de salario, una en 2016 y otra en 2018, y se plantea ingresar a mod 40 en enero de 2021 y pagar por 3 años la modalidad. En base al articulo, menciona que para inscribirse a mod 40, la ultima cotizacion no debe de superar los 5 años. En mi caso, se toma en cuenta la cotizacion desde 2012 que fue el reingreso o el ultimo incremento de sueldo de 2018 como la cotizacion de los 5 años?

      Porque de considerarse la de 2012, me negarian inscribirse a la modalidad, estoy en lo correcto? Tendria que tener baja y alta con otro patron y otro sueldo antes del movimiento?

      Agradezco su atencion.

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes. Para tener derecho a ingresar a modalidad 40 debe haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años. De acuerdo a lo que menciona, las modificaciones de salario no impactan en los requisitos de contratación de modalidad 40, sin embargo en el monto de contratación debe ser igual o superior al salario de la última cotización.
        En nuestro estudio de pensión podrá conocer el impacto tanto de inversión, tiempo y monto de pensión que existiría el escenario que plantea, así como con las condiciones actuales a fin de determinar el incremento de pensión que habría y la amortización de la inversión.
        Quedamos a sus órdenes.
        Reciba un cordial saludo

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos dias, el pago es mensualmente y le dan un talonario de pago. Solo en casos de pago en retroactivo se deberá cubrir en una sola exhibición.

    47. Saludos
      Para la baja de modalidad 40 se solicita un escrito libre solicitando esta baja, usted tendría un formato o un ejemplo en el cual basarme para realizar mi escrito, de antemano le agradezco su ayuda

    48. Buenos días, respecto a la edad y porcentaje de pensión tengo una duda, leí en la Ley del Seguro Social de 1973, Art. 171 que “Se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en seis meses”, si como en mi caso cumplí los 60 años el pasado 30 de diciembre y estoy pagando modalidad 40, si continúo pagando hasta el mes de junio, cumpliré 60 años y seis meses, en esta situación ¿mi porcentaje de pensión será del 80%?
      Gracias por su atención

      1. Pensionarse Mejor

        Buenos días Luis, en efecto. Al cumplir 6 meses y un día a partir de los 60 años, siempre que siga cotizando, tendrá derecho a el siguiente porcentaje. En el estudio de pensión con fecha clave de baja contemplamos eso, junto con el redondeo por la cuantía de incrementos a fin de que obtenga el mejor resultado de su inversión.
        Quedamos a sus órdenes

      2. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes señor Luis, en su caso en particular debe esperar a cumplir al menos seis meses un día cotizando y después de los 60 años.
        Quedamos a sus órdenes

    49. Me han realizado dos cálculos de pensión para mí y mi esposa, siendo muy profesionales en la materia respecto a la Ley del Imss.
      Un servicio excelente por lo expedito y confiable ya que constaté que en los hechos al momento de tramitar las respectivas pensiones fueron acertadas todas las proyecciones que me anticiparon con los estudios que nos efectuaron.
      Sinceramente es de recomendar ampliamente a este despacho.

    50. SERGIO GONZALEZ SCHIAFFINI

      BUENAS TARDES, TENGO 57 AÑOS COTICE EN EL ISSSTE APROXIMADAMENTE 10 AÑOS DE 1985 A 1994 APROXIMADAMENTE. EN EL IMSS CITICE MUY POCO. (APROXIMADAMENTE 1/2 AÑO) ¿HAY FORMA DE INSCRIBIRME EN LA MODALIDAD 40? Y ASÍ PODER OBTENER UNA PENSIÓN

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes señor González, de acuerdo a lo que nos comentó usted pertenece al régimen décimo transitorio del ISSSTE, por lo cual no tendría derecho a la portabilidad. Para poder tener acceso debe reactivarse cotizando al menos un año en ISSSTE a fin de ingresar al régimen de cuentas individuales. En cuanto al tema de IMSS, sólo sigue empezó a cotizar antes del 1 de julio de 1997, podrá tener derecho a pensionarse cuando esté en conservación de derechos y haya cumplido al menos 500 semanas cotizadas.

    51. Teresa Sevilla Nandin

      Abusando de su amabilidad tengo otra duda . Como influyen las semanas cotizadas extras (después de las 500) para el calculo de la pensión ? yo excedo 1,038 semanas. Me convendría cotizar 2 semanas mas para completar 20 años ? o es irrelevante eso. Gracias

      1. Pensionarse Mejor

        Esto se valida de acuerdo a las reglas de redondeo que marca la ley. Para ser específicos, podríamos detectarlo en un estudio de pensión.

    52. Teresa Sevilla Nandin

      buen dia. tengo 1,538 semanas cotizadas, las ultimas semanas cotizadas continuas fueron de agosto 2014 a sept 2016 y luego cotice 5 semanas en diciembre 2018. A partir de enero 2019 puedo ingresar a la modalidad 40 retroactivamente ? Según entiendo esas semanas cotizadas continuas las perdería en septiembre del 2021, para este supuesto. De antemano muy agradecida por su atencion

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, en el estudio que hacemos habría que validar si cumple con los requisitos de cotización de 52 semanas en los últimos 5 años. Nosotros contamos con un estudio en el calculamos el monto aproximado de pago, así como los posibles montos de pensión de acuerdo a las mejores variables de su caso

    53. Constantino Benitez Solorzano

      Buenas tardes, si se pago la modalidad 40 en una sola excivición en que tiempo se debe reflejar en sistema IMSS para efectos de solicitar la baja de dicha modalidad en la Subdelegación?

    54. BUENAS TARDES, ACTUALMENTE ESTOY COTIZANDO EN IMSS CON UN SUELDO MINIMO Y YA CUMPLI UN AÑO COTIZANDO, PERO ANTERIOR A ESTO DEJE DE COTIZAR 3 AÑOS CONTINUOS. LA PREGUNTA ES. SE PODRIA PAGAR RETROACTIVO ESTOS 3 AÑOS CON UN SALARIO TOPE A MODALIDAD 40. TENGO 59 AÑOS. GRACIAS

      1. Pensionarse Mejor

        Buenas tardes, modalidad 40 no opera de esa forma. Pudiera haber pagado el retroactivo si no hubiese cotizado este último año, siempre y cuando su última cotización fuera de al menos 52 semanas en los últimos 5 años

      2. Pensionarse Mejor

        Buenas noches sr. Romandia, el pago retroactivo de modalidad 40 aplica desde la última baja. Por lo que no sería posible aplicarla en el escenario que nos plantea.
        Reciba un cordial saludo

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